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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 136 Martes, 21 de julio de 2015 Pág. 30523

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Fundación Pública Centro de Transfusión de Galicia

RESOLUCIÓN de 17 de julio de 2015 por la que se declara, con carácter provisional, a los aspirantes admitidos y excluidos, así como los exentos y no exentos del ejercicio de lengua gallega, en el proceso selectivo para cubrir puestos de trabajo en esta fundación mediante contratación laboral fija, convocado por la Resolución de 20 de enero de 2015.

Mediante Resolución de 20 de enero de 2015, de la Dirección Técnica de esta fundación (Diario Oficial de Galicia nº 56, de 24 de marzo), se convocó un proceso selectivo para cubrir puestos de trabajo en diversas categorías de esta fundación.

Finalizado el plazo de presentación de solicitudes, y de conformidad con la base sexta de la resolución de convocatoria, esta dirección técnica, como órgano convocante del proceso,

RESUELVE:

Primero. Declarar, con carácter provisional y por categoría, a los/las aspirantes admitidos/as y excluidos/as, así como a los/las exentos/as y no exentos/as de la realización del ejercicio de lengua gallega, en el proceso selectivo para la cobertura de diversas categorías convocado por la Resolución de 20 de enero de 2015.

Segundo. Las listas con la relación provisional de admitidos/as y excluidos/as, con indicación del motivo de exclusión, y con los declarados exentos y no exentos de la realización del ejercicio de lengua gallega podrán examinarse en la página web del Servicio Gallego de Salud ( www.sergas.es ).

Además, el estado de cada solicitud puede ser consultado por el/la solicitante en su expediente electrónico personal en Fides/expedient-e/sección de procesos .

Tercero. Las personas aspirantes excluidas y las declaradas no exentas de la realización del ejercicio de gallego dispondrán de un plazo de diez días hábiles, a contar a partir del día siguiente al de la publicación de esta resolución en el Diario Oficial de Galicia para poder subsanar, en su caso, el defecto que motivó su exclusión y/o la declaración de no exento/a de la realización de tal ejercicio, mediante escrito dirigido a la misma unidad de validación a la cual dirigió la instancia de participación, que se deberá presentar en un registro administrativo o a través de cualquiera de los procedimientos del artículo 38 de la Ley 30/1992.

Dispondrán del mismo plazo de reclamación las personas que, habiendo presentado debidamente solicitud de participación en el proceso, no consten como admitidas ni excluidas en la relación publicada.

Cuarto. La estimación o desestimación de las solicitudes de subsanación se entenderá implícita en la resolución por la que se apruebe, con carácter definitivo, la relación de admitidos/as y excluidos/as y de exentos/as y no exentos/as del ejercicio acreditativo del conocimiento de la lengua gallega, que se publicará en el Diario Oficial de Galicia.

Santiago de Compostela, 17 de julio de 2015

Mª Inmaculada Rodríguez Calvo
Directora técnica de la Fundación Pública Centro de Transfusión de Galicia