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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 131 Martes, 14 de julio de 2015 Pág. 29298

V. Administración de justicia

Juzgado de lo Social número 4 de A Coruña

EDICTO (115/2013).

Encarnación Mercedes Tubío Lariño, secretaria del Juzgado de lo Social número 4 de A Coruña, doy fe y certifico que en este juzgado se siguen autos con el número 115/2013 a instancia de Mutua Gallega contra la empresa Ambar Obras Inmobiliarias, S.L., el Instituto Nacional de la Seguridad Social y la Tesorería General de la Seguridad Social, sobre cantidad, en los que recayó sentencia el 21 de mayo de 2015 que, copiada en los particulares necesarios, dice así:

Fallo:

Se estima parcialmente la demanda interpuesta por Mutua Gallega frente al Instituto Nacional de la Seguridad Social y la Tesorería General de la Seguridad Social y la empresa Ambar Obras Inmobiliarias, S.L. y, en consecuencia, se condena a la empresa Ambar Obras Inmobiliarias, S.L. a abonar a la Mutua Gallega, como responsable directa, la cantidad de mil doscientos cuarenta y nueve con cuarenta y un euros (1.249,41 euros), con responsabilidad subsidiaria del INSS y de la TGSS, respecto de los gastos por asistencia sanitaria, por importe de ochocientos veintinueve con treinta y siete euros (829,37 euros) para el caso de insolvencia de la anterior.

Notifíquese la presente resolución a las partes, haciéndoles saber que contra la misma no cabe recurso de suplicación por razón de la cuantía, sin perjuicio de los demás motivos previstos en el artículo 191 de la LRJS.

La competencia para conocer el recurso de suplicación corresponderá, en su caso, al Tribunal Superior de Justicia de Galicia, debiendo anunciarse el mismo en este juzgado en el plazo de los cinco días siguientes a la notificación de esta resolución, bastando la manifestación de la parte o de su abogado, graduado social o representante dentro del indicado plazo.

Si el recurrente no goza del beneficio de justicia gratuita deberá, al tiempo de anunciar el recurso, haber consignado la cantidad objeto de condena, así como el depósito de 300 euros en la cuenta de depósitos y consignaciones que tiene abierta este juzgado, haciendo constar en el ingreso el número de procedimiento.

Así lo acuerda, manda y firma, Nicolás E. Pita Lloveres, magistrado del Juzgado de lo Social número 4 de A Coruña.

Y para que conste, a efectos de su publicación en el Diario Oficial de Galicia a fin de que sirva de notificación en forma a la empresa Ambar Obras Inmobiliarias, S.L. expido y firmo el presente edicto.

A Coruña, 25 de junio de 2015

La secretaria judicial