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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 121 Martes, 30 de junio de 2015 Pág. 27386

V. Administración de justicia

Juzgado de lo Social número 3 de Santiago de Compostela

EDICTO (1005/2013).

Ana María Navarro Gómez, secretaria judicial del Juzgado de lo Social número 3 de Santiago de Compostela, hago saber que en el procedimiento ordinario 1005/2013 de este juzgado de lo social, seguido a instancia de Javier Moure Ramos contra Escayolas Gasamáns, S.L., Fogasa, sobre ordinario, se ha dictado la siguiente resolución:

«Auto.

Santiago de Compostela, 5 de junio de 2014.

Magistrada jueza que lo dicta: Susana Villarino Moure.

Antecedentes de hecho:

Único. La parte actora ha presentado escrito de rectificación al considerar que existe un error en la parte dispositiva de la sentencia que hace referencia a otra persona distinta al demandante en el procedimiento.

Fundamentos jurídicos:

Único. El artículo 214.3 de la LEC, de aplicación supletoria, permite rectificar un error material manifiesto en cualquier momento.

De la lectura de la sentencia se desprende efectivamente lo que es un mero error material. Consta en las actuaciones, incluso en el encabezamiento de la sentencia y en los hechos probados, el nombre del demandante en el presente procedimiento que, sin embargo, por un simple error material no figura en el fallo, por lo que procede su rectificación.

Parte dispositiva:

Rectifico el error existente en la sentencia recaída en los presentes autos, de forma que en el fallo de la sentencia, donde dice: «condeno a Escayolas Gasamans a pagar a Pablo Gondelle Peña», debe decir: «condeno a Escayolas Gasamáns a pagar a Javier Moure Ramos».

Notifíquese la presente resolución a las partes haciéndoles saber que contra la misma no cabe recurso alguno, sin perjuicio de los que puedan interponer contra la resolución rectificada.

Llévese el original de esta resolución al libro de sentencias para su unión con la sentencia rectificada y déjese testimonio en las actuaciones.

Así lo acuerdo, mando y firmo.

La magistrada jueza».

Y para que sirva de notificación en legal forma a Escayolas Gasamáns, S.L., en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el Diario Oficial de Galicia y su publicación en el tablón del juzgado.

Santiago de Compostela, 8 de junio de 2015

La secretaria judicial