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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 117 Martes, 23 de junio de 2015 Pág. 25034

V. Administración de justicia

Juzgado de lo Social número 5 de A Coruña

EDICTO (843/2014).

Procedimiento ordinario 843/2014

Sobre: ordinario

Demandante: Víctor Manuel Teijeiro Capelán

Abogada: Fátima María Santiáñez Mosquera

Demandados: Nieto Ares, S.L., Proximar, S.L., Frigoríficos Sete Pías, S.L.

Yo, María Jesús Hernando Arenas, secretaria judicial del Juzgado de lo Social número 5 de A Coruña, hago saber que en el procedimiento ordinario 843/2014 de este juzgado de lo social, seguido a instancia de Víctor Manuel Teijeiro Capelán contra Nieto Ares, S.L., Proximar, S.L., Frigoríficos Sete Pías, S.L., reclamación de cantidad, sobre ordinario, se ha dictado la siguiente sentencia:

Se tiene por desistido a Víctor Manuel Teijeiro Capelán en la reclamación de cantidad ejercida frente a las entidades Nieto Ares, S.L. y Frigoríficos Siete Pías, S.L.

Que debo estimar y estimo la demanda que en materia de cantidad ha sido interpuesta por Víctor Manuel Teijeiro Capelán contra la entidad Proximar, S.L. En consecuencia, debo condenar y condeno a la entidad Proximar, S.L. a que abone a la demandante la cantidad de 2.600 € líquidos por salarios devengados en diciembre de 2013 y enero de 2014 (ambos inclusive), incrementadas en el interés del 10 % por mora y aplicable a los conceptos salariales.

Notifíquese la presente resolución a las partes, haciéndoles saber que contra la misma no cabe interponer recurso alguno. Así, por esta mi sentencia, lo pronuncio, mando y firmo.

Y para que sirva de notificación en legal forma a Nieto Ares, S.L. y Frigoríficos Sete Pías, S.L., en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el Diario Oficial de Galicia.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la oficina judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia, o cuando se trate de emplazamiento.

A Coruña, 2 de junio de 2015

La secretaria judicial