Encarnación Mercedes Tubío Lariño, secretaria del Juzgado de lo Social número 4 de A Coruña, doy fe y certifico que en este juzgado se siguen autos número 827/2012 a instancia de María Elida Quintela Rodríguez contra la empresa Textil Locer, S.L., la empresa Glencare. S.A. y el Fondo de Garantía Salarial sobre cantidad, en los que recayó sentencia de 22 de mayo de 2015 que copiada en los particulares necesarios, dice así:
Fallo.
Se estima la demanda interpuesta por María Elida Quintela Rodríguez frente a Textil Locer, S.L y Glencare, S.A. y, en consecuencia:
– Se condena a las empresas Textil Locer, S.L. y Glencare, S.A. a abonar solidariamente a la demandante la cantidad de 1.701 euros más el 10 % en concepto de interés de demora.
Con intervención del Fondo de Garantía Salarial.
Notifíquese la presente resolución a las partes, haciéndoles saber que contra la misma no cabe recurso de suplicación por razón de la cuantía.
Así lo acuerda, manda y firma María Marta Guillemet García, jueza por sustitución del Juzgado de lo Social número 4 de A Coruña.
Y para que conste, a efectos de su publicación en el Diario Oficial de Galicia, a fin de que sirva de notificación en forma a la empresa Textil Locer, S.L., expido y firmo el presente edicto.
A Coruña, 28 de mayo de 2015
La secretaria judicial