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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 109 Jueves, 11 de junio de 2015 Pág. 23059

V. Administración de justicia

Juzgado de lo Social número 5 de A Coruña

EDICTO (93/2014).

María Jesús Hernando Arenas, secretaria judicial del Juzgado de lo Social número 5 de A Coruña, hago saber que en el procedimiento ordinario 93/2014 de este juzgado de lo social, seguido a instancia de Eva María Roca Santiuste contra Fondo de Garantía Salarial, Rialtex sobre reclamación de cantidad, se ha dictado sentencia, cuyo fallo dice:

«Que debo desestimar y desestimo la demanda que en materia de cantidad ha sido interpuesta por Eva María Roca Satiuste contra Rialtex, S.L., en relación a las cantidades reclamadas entre agosto de 2012 y enero de 2013, al estimarse la concurrencia de la excepción de incompetencia de jurisdicción alegada por el Fogasa y, en consecuencia, debo declarar incompetente por razón de la materia para conocer la citada reclamación, señalando que la jurisdicción competente para ello es la jurisdicción civil/mercantil.

Con la intervención procesal del Fondo de Garantía Salarial.

Notifíquese la presente resolución a las partes, haciéndoles saber su derecho a interponer contra la misma recurso de suplicación ante la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Galicia, el cual podrán anunciar por comparecencia o por escrito ante este juzgado en el plazo de cinco días a partir de su notificación. Así, por esta mi sentencia, lo pronuncio, mando y firmo».

Y para que sirva de notificación en legal forma a la empresa Rialtex, S.L., en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el Boletín Oficial de la provincia.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la oficina judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia, o cuando se trate de emplazamiento.

A Coruña, 21 de mayo de 2015

La secretaria judicial