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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 106 Lunes, 8 de junio de 2015 Pág. 22208

V. Administración de justicia

Tribunal Superior de Justicia de Galicia (Sala de lo Social)

EDICTO (RSU 1980/2013).

Yo, María Isabel Freire Corzo, secretaria judicial de la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Galicia, hago saber que en el procedimiento recurso de suplicación 1980/2013 de esta sección, en que son recurrentes el Instituto Nacional de la Seguridad Social y la Tesorería General de la Seguridad Social, y recurridos Adegas Día Noite, S.L., Mutual Midat Cyclops y Andrés Méndez López sobre otros derechos de seguridad social, se ha dictado, en el día de la fecha, la siguiente resolución que, copiada en los particulares necesarios, dice:

Fallamos que estimando el recurso de suplicación presentado por el letrado de la Administración de la Seguridad Social, actuando en nombre y representación del Instituto Nacional de la Seguridad Social y la Tesorería General de la Seguridad Social, contra la sentencia de fecha 21 de febrero de 2013, dictada en los autos 3/2013 por el Juzgado de lo Social número 4 de Ourense, seguidos a instancia de la mutua Mutual Midat Cyclops contra la empresa Adegas Día Noite, S.L., el trabajador Andrés Méndez López y las entidades gestoras recurrentes, revocamos la misma, por lo que desestimamos íntegramente la demanda rectora de las presentes actuaciones y absolvemos a los demandados de las pretensiones frente a ellos ejercitadas.

Notifíquese esta resolución a las partes y a la Fiscalía del Tribunal Superior de Justicia de Galicia.

Modo de impugnación: se hace saber a las partes que contra esta sentencia cabe interponer recurso de casación para unificación de doctrina, que ha de prepararse mediante escrito presentado ante esta sala dentro del improrrogable plazo de diez días hábiles inmediatos siguientes a la fecha de notificación de la sentencia. Si el recurrente no tuviera la condición de trabajador o beneficiario del régimen público de seguridad social deberá efectuar:

– El depósito de 600 € en la cuenta de 16 dígitos de esta sala, abierta en el Banco de Santander (Banesto) con el nº 1552 0000 35, seguida de cuatro dígitos correspondientes al nº del recurso y dos dígitos del año del mismo.

– Asimismo, si hay cantidad de condena, deberá consignarla en la misma cuenta, pero con el código 80 en vez del 35 ó bien presentar aval bancario solidario en forma.

– Si el ingreso se hace mediante transferencia bancaria desde una cuenta abierta en cualquier entidad bancaria distinta, habrá que emitirla a la cuenta de veinte dígitos 0049 3569 92 0005001274 y hacer constar en el campo “Observaciones ó Concepto de la transferencia” los 16 dígitos que corresponden al procedimiento (1552 0000 80 o 35 **** ++).

Y para que así conste, a efectos de su publicación en el Diario Oficial de Galicia, a fin de que sirva de notificación en forma a Adegas Día Noite, S.L., actualmente en ignorado paradero, con último domicilio conocido en Pontevedra, Salvaterra de Miño, lugar de Meder, con la advertencia de que las siguientes comunicaciones se harán en estrados, salvo las que deban revestir forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento, expido y firmo la presente.

A Coruña, 7 de mayo de 2015

La secretaria judicial