Descargar PDF Galego | Castellano| Português

DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 105 Viernes, 5 de junio de 2015 Pág. 21969

V. Administración de justicia

Tribunal Superior de Justicia de Galicia (Sala de lo Social)

EDICTO de notificación de resolución (RSU 4100/13 CG).

Tipo y número de recurso: recurso suplicación 4100/2013

Juzgado de origen/autos: Seguridad Social 962/2012 Juzgado de lo Social número 5 de Vigo

Recurrente: Mutua Gallega de Accidentes de Trabajo

Abogado: Luis Esteban Leyenda Martínez

Recurridos: Instituto Nacional de la Seguridad Social, Tesorería General de la Seguridad Social, Construcciones Urbisega, S.L., Gheorge Dicu

Abogado/a: Servicio Jurídico Seguridad Social (Provincial), Servicio Jurídico Seguridad Social (Provincial)

María Isabel Freire Corzo, secretaria judicial de la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Galicia, hago saber que en el procedimiento recurso de suplicación 4100/2013 de esta sección, seguido a instancia de la Mutua Gallega de Accidentes de Trabajo contra el Instituto Nacional de la Seguridad Social, Tesorería General de la Seguridad Social, Construcciones Urbisega, S.L., Gheorge Dicu sobre accidente de grado, se ha dictado la siguiente resolución que, copiada en los particulares necesarios, dice:

«Fallamos: desestimando el recurso de suplicación interpuesto por la mutua colaboradora de la Seguridad Social Mutua Gallega contra la sentencia de 15 de julio de 2013 del Juzgado de lo Social número 5 de Vigo, dictada en juicio seguido a instancia de la recurrente contra Gheorghe Dicu, la entidad mercantil Construcciones Urbisega, Sociedad Limitada, el Instituto Nacional de la Seguridad Social y la Tesorería General de la Seguridad Social, la Sala la confirma íntegramente y, en legal consecuencia, condenamos a la recurrente a la pérdida de depósitos, consignaciones y aseguramientos, y a las costas de la suplicación, cuantificando en 600 euros los honorarios de la letrada impugnante.

Notifíquese esta resolución a las partes y a la Fiscalía del Tribunal Superior de Justicia de Galicia.

Modo de impugnación: se hace saber a las partes que contra esta sentencia cabe interponer recurso de casación para unificación de doctrina que ha de prepararse mediante escrito presentado ante esta sala dentro del improrrogable plazo de diez días hábiles inmediatos siguientes a la fecha de notificación de la sentencia. Si el recurrente no tuviera la condición de trabajador o beneficiario del régimen público de seguridad social, deberá efectuar:

– El depósito de 600 € en la cuenta de 16 dígitos de esta Sala, abierta en el Banco de Santander (Banesto) con el número 1552 0000 35 seguida de los cuatro dígitos correspondientes al número del recurso y dos dígitos del año del mismo.

– Asimismo, si hay cantidad de condena deberá consignarla en la misma cuenta, pero con el código 80 en vez del 35, o bien presentar aval bancario solidario en forma.

– Si el ingreso se hace mediante transferencia bancaria desde una cuenta abierta en cualquier entidad bancaria distinta, habrá que emitirla a la cuenta de veinte dígitos 0049 3569 92 0005001274 y hacer constar en el campo “Observaciones” o “Concepto de la transferencia” los 16 dígitos que corresponden al procedimiento (1552 0000 80 o 35 **** ++)».

Y para que así conste, a efectos de su publicación en el DOG, a fin de que sirva de notificación en forma a Construcciones Urbisega, S.L. actualmente en ignorado paradero, con último domicilio conocido en c/ Michelena, 11-4º, 36001 Pontevedra, con la advertencia de que las siguientes comunicaciones se harán en estrados, salvo las que deban revestir forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento, expido y firmo la presente.

A Coruña, 8 de mayo de 2015

La secretaria judicial