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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 95 Viernes, 22 de mayo de 2015 Pág. 20289

V. Administración de justicia

Juzgado de lo Social número 3 de A Coruña

EDICTO (51/2013).

Juan Rey Pita, secretario judicial del Juzgado de lo Social número 3 de A Coruña, hago saber que en el procedimiento ordinario 51/2013 de este juzgado de lo social, seguido a instancia de María Olga Victoria Vázquez Freire contra Volvoreta, S.A., Fogasa sobre ordinario, se ha dictado la siguiente resolución:

Fallo:

Que estimando íntegramente la demanda formulada por María Olga Victorina Vázquez Freire, que comparece asistida por su letrado Sr. Páramo Sureda, y contra la empresa Volvoreta, S.A., que no comparece pese a estar citada en legal forma, y contra el Fogasa, que no comparece pese a estar citado en legal forma, debo condenar y condeno a la demandada a abonar a la actora la suma de 5.226,74 euros, incrementada con los intereses moratorios pertinentes.

Asimismo, debo absolver al Fogasa, sin perjuicio de su responsabilidad subsidiaria respecto a tales cantidades en los términos establecidos en el artículo 33 ET.

Notifíquese esta sentencia a las partes advirtiendo que contra ella podrán interponer recurso de suplicación ante el Tribunal Superior de Justicia, que deberá ser anunciado por comparecencia, o mediante escrito en este juzgado dentro de los cinco días siguientes a la notificación de esta sentencia, pasados los cuales se declarará firme y se procederá a su archivo.

Así, por esta mi sentencia, definitivamente juzgando en primera instancia, lo pronuncio, mando y firmo, Montserrat Matos Salgado, magistrada-jueza sustituta del Juzgado de lo Social número 3 de A Coruña.

Publicación. La anterior resolución, fue leída, y publicada, por la jueza que la autoriza, en audiencia pública, lugar y fecha en la misma indicados. Doy fe.

Y para que sirva de notificación en legal forma a Volvoreta, S.A., expido el presente para su inserción en el Diario Oficial de Galicia

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la oficina judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia, o cuando se trate de emplazamiento.

A Coruña, 30 de abril de 2015

El secretario judicial