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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 92 Martes, 19 de mayo de 2015 Pág. 19615

V. Administración de justicia

Juzgado de Primera Instancia número 4 de Vigo

EDICTO (828/2013).

Ángel Gómez Santos, secretario judicial del Juzgado de Primera Instancia número 4 de Vigo, hace saber que en el presente procedimiento, seguido a instancia de Adelina Pazos Espada frente a María del Rosario Fernández Hernández y Javier Figueroa Rodríguez se dictó sentencia, cuyo encabezamiento y fallo son del tenor literal siguiente:

Sentencia n º 24/2015.

Vigo, 23 de febrero de 2015.

Vistos por mí, Manuel Ángel Pereira Costas, magistrado del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 4 de Vigo, los presentes autos de juicio verbal que con el número 828/2013 se siguen por instancia de Adelina Pazos Espada, que actuó en el proceso representada por la procuradora María Victoria Barros Estévez y asistida de la letrada María del Carmen Calvo Moya, contra Javier Figueroa Rodríguez, declarado en situación de rebeldía procesal, y contra María del Rosario Fernández Hernández, representada por la procuradora María Jesús Nogueira Fos y dirigida por el letrado Juan José Rodríguez Jorge, los cuales tienen por objeto una pretensión resolutoria basada en un incumplimiento contractual.

Fallo.

Desestimo la demanda formulada por Adelina Pazos Espada contra María del Rosario Fernández Hernández y Javier Figueroa Rodríguez, sin que proceda efectuar los pronunciamientos solicitados en ella, y absuelvo a los demandados. Todo ello sin que proceda efectuar pronunciamiento condenatorio en materia de costas procesales.

Notifíquese esta sentencia a las partes, a las que se hará saber que no es firme y que contra ella podrán interponer recurso de apelación ante la Audiencia Provincial de Pontevedra en el plazo de veinte días.

Así lo acuerdo, mando y firmo.

Y estando el demandado, Javier Figueroa Rodríguez en paradero desconocido, se expide el presente edicto para que le sirva de notificación en forma.

Vigo, 17 de abril de 2015

El secretario judicial