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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 91 Lunes, 18 de mayo de 2015 Pág. 19449

VI. Anuncios

a) Administración autonómica

Consellería del Medio Rural y del Mar

RESOLUCIÓN de 29 de abril de 2015, de la Secretaría General del Medio Rural y Montes, que establece las restricciones a las autorizaciones de talas de especies sensibles al nematodo del pino (Bursaphelenchus xylophilus) en la zona demarcada de As Neves.

Antecedentes.

Desde el año 1999 se vienen realizando prospecciones y controles para evitar la entrada en nuestra Comunidad Autónoma de la plaga conocida como nematodo de la madera del pino (NMP), que está causada por el organismo de cuarentena Bursaphelenchus xylophilus (Steiner et Buhrer) Nickle et al. y presente en Portugal desde ese mismo año.

Esta plaga que se propaga mediante el insecto vector Monochamus galloprovincialis es objeto además de una vigilancia extrema por las autoridades nacionales y comunitarias para evitar que se expanda por el resto del territorio nacional, imponiendo a las zonas afectadas unas medidas drásticas de erradicación.

A finales del año 2010 se confirmó la presencia del nematodo en una masa forestal del término municipal de As Neves (Pontevedra).

En consecuencia con lo anteriormente expuesto, la Consellería del Medio Rural y del Mar publicó, tras una primera resolución declarando el foco, el Decreto 10/2011, de 28 de enero (DOG núm. 24, de 4 de febrero), por el que se declara de utilidad pública la erradicación del organismo de cuarentena del nematodo del pino Bursaphelenchus xylophilus (Steiner et Buhrer) Nickle et al. y se ordenan las medidas para evitar su propagación.

En este decreto se establece un área demarcada en un radio de 20 km alrededor del punto en el que se detectó el nematodo, en la que se tomarán las medidas necesarias para evitar su dispersión.

Una de las medidas recogidas en el apartado 2 del artículo 5 de dicho decreto es que las autorizaciones de talas en el área demarcada están sujetas a una autorización especial (autorización de tala para zona demarcada de cuarentena fitosanitaria).

El día 29 de marzo de 2012 se publica en el DOG núm. 62 la Orden de 22 de marzo de 2012 por la que se establecen medidas sobre la sanidad vegetal en un área demarcada por el organismo de cuarentena Bursaphelenchus xylophilus, en la que se especifica que los períodos en los que se permitirán las talas en la zona demarcada serán autorizados por la Secretaría General del Medio Rural y Montes, después de consultados los informes técnicos y científicos del seguimiento sobre los vuelos del insecto vector.

El día 13 de abril de 2015 se publica en el DOG núm. 68 la Resolución de 7 de abril de 2015, de la Secretaría General del Medio Rural y Montes, por la que se da continuidad a los trabajos de seguimiento y control en la zona demarcada y en la zona tampón de los 20 km del territorio declarado en cuarentena por el Bursaphelenchus xylophilus, según Resolución de 17 de noviembre de 2010, de la Dirección General de Producción Agropecuaria. Este acto administrativo resuelve prorrogar durante un año la vigencia de las medidas fitosanitarias establecidas en la Orden de 22 de marzo de 2012, al objeto de erradicar el organismo de cuarentena Bursaphelenchus xylophilus (Steiner et Buhrer) Nickle et al.

Habida cuenta de los informes técnicos y científicos consultados sobre el seguimiento de los vuelos del vector Monochamus galloprovincialis y del foco, así como de las condiciones meteorológicas,

RESUELVO:

Declarar como fecha de suspensión temporal de las autorizaciones de talas de especies sensibles al nematodo del pino dentro de la zona demarcada de As Neves el 31 de mayo de 2015, salvo que las condiciones de vuelo del insecto vector hagan que se tenga que cerrar antes, en cuyo caso, se comunicaría oportunamente.

Santiago de Compostela, 29 de abril de 2015

Tomás Fernández-Couto Juanas
Secretario general del Medio Rural y Montes