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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 85 Jueves, 7 de mayo de 2015 Pág. 18153

VI. Anuncios

a) Administración autonómica

Agencia de Protección de la Legalidad Urbanística

CÉDULA de 13 de abril de 2015 por la que se notifica la resolución del recurso potestativo de reposición contra la Resolución de 22 de agosto de 2013, devuelta por el servicio de Correos por resultar su interesado ausente en el reparto (expediente IU2/48/2012-R1).

El director de la Agencia de Protección de la Legalidad Urbanística, el día 12 de marzo de 2015, dictó resolución por la que se estima parcialmente el recurso de reposición interpuesto contra la Resolución de 22.8.2013, del subdirector de la Agencia de Protección de la Legalidad Urbanística, en relación con la construcción de una vivienda unifamiliar y una edificación auxiliar, en el lugar de Pedracarballa, 29, parroquia de Entenza, en el término municipal de Salceda de Caselas, Pontevedra, en el sentido de que el recurrente es el titular de la parcela catastral 36049A034060020000KO, en la que se encuentra el inmueble con la referencia catastral 36049A034060020001LP, confirmando en todo lo demás la resolución recurrida.

Al no poder realizarse la notificación personal de aquella resolución a Xosé Sestelo Martínez, mediante esta cédula, y al amparo de lo dispuesto en el artículo 59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común (LRJPAC), se le notifica al interesado dicha resolución.

Teniendo en cuenta que, en atención a lo previsto en el artículo 61 de la LRJPAC, el acto no se publica en su integridad, se hace saber al interesado que el texto íntegro de la resolución que se notifica se encuentra a su disposición en las dependencias de la Agencia de Protección de la Legalidad Urbanística sitas en el Edificio Witland, Salgueiriños, en Santiago de Compostela, para su consulta en el plazo de diez (10) días hábiles, que se contarán desde el día siguiente al de la publicación de esta cédula. Transcurrido dicho plazo, la notificación se entenderá producida.

Contra dicha resolución, que es definitiva en vía administrativa, cabe interponer recurso contencioso-administrativo ante el juzgado de lo contencioso-administrativo de la circunscripción donde radique el inmueble afectado, conforme a lo dispuesto en el artículo 14.1.3ª de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa, en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de su notificación, según lo dispuesto en el artículo 46.1 de la citada ley.

Para que conste y le sirva de notificación al citado interesado, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 59.5 de la citada Ley 30/1992, de 26 de noviembre, expido y firmo esta cédula.

Santiago de Compostela, 13 de abril de 2015

José Antonio Cerdeira Pérez
Director de la Agencia de Protección de la Legalidad Urbanística