De conformidad con lo establecido en los artículos 59.5 y 61 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, se notifica a la empresa que a continuación se relaciona la resolución en el expediente sancionador por infracción en el orden social (materia obstrucción), devuelta por el servicio de Correos porque, intentada la notificación, esta no pudo efectuarse.
Contra esta resolución, que no pone fin a la vía administrativa, el interesado podrá interponer recurso de alzada, ante la Dirección General de Trabajo y Economía Social, en el plazo de un mes, contado desde el día siguiente a su publicación, de acuerdo con lo establecido en los artículos 48 y 115.1 de la Ley 30/1992, sin perjuicio de que pueda ejercer cualquier otro recurso que considere pertinente.
Durante este plazo, el interesado podrá presentarse ante el Servicio de Trabajo y Economía Social de la Jefatura Territorial de la Consellería de Trabajo y Bienestar de Lugo, situada en la ronda de la Muralla, 70, planta baja, en horario de 9.00 a 14.00 horas, de lunes a viernes, a efectos de conocer íntegramente el contenido de la resolución.
Se le advierte que, de no ser interpuesto este en tiempo y forma la resolución adquirirá firmeza.
Lugo, 8 de abril de 2015
Alberto Linares Fernández
Jefe territorial de Lugo