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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 80 Miércoles, 29 de abril de 2015 Pág. 16344

II. Autoridades y personal

b) Nombramientos

Consellería de Medio Ambiente, Territorio e Infraestructuras

RESOLUCIÓN de 15 de abril de 2015, de la Dirección General de Movilidad, por la que se modifica la composición de la Junta Arbitral de Transportes de Galicia, designada por la Resolución de 2 de julio de 2014.

La Junta Arbitral de Transportes de Galicia, instrumento de protección y defensa de las partes que intervienen en la actividad de transporte, se creó, en el marco de la Ley 16/1987, de 30 de julio, de ordenación de los transportes terrestres, por la Orden de la Consellería de Ordenación del Territorio y Obras Públicas de 9 de octubre de 1991 (Diario Oficial de Galicia núm. 232, de 23 de octubre). Su actual composición viene determinada por la Resolución de esta dirección general de 2 de julio de 2014, por la que se nombran los miembros de la Junta Arbitral de Transportes de Galicia (Diario Oficial de Galicia núm. 132, de 14 de julio).

El 25 de marzo de 2015 la secretaría del Consejo Gallego de Consumidores y Usuarios comunicó el acuerdo de este organismo por el que propone modificar la representación que le corresponde en defensa de los intereses de las personas consumidoras y usuarias, designando al efecto una nueva suplente. Esta propuesta se considera adecuada en orden a garantizar el normal funcionamiento de la Junta Arbitral, y, una vez comprobado que la persona propuesta reúne los requisitos legalmente exigidos para formar parte de esta, se considera adecuado atender a la propuesta realizada.

De conformidad con lo expuesto, resuelvo:

Primero. Se modifica el punto 2.5.2 de la Resolución de 2 de julio de 2014, de la Dirección General de Movilidad, por la que se nombran los miembros de la Junta Arbitral de Transportes de Galicia, relativo a la representación de las personas consumidoras y usuarias, que pasa a tener la siguiente redacción:

«2.5.2. Suplente:

– Almudena Carracedo Troncoso».

Segundo. La modificación anterior se entenderá vigente y aplicable a partir de la publicación de esta resolución en el Diario Oficial de Galicia. En todo lo no afectado por ella, se mantiene en vigor lo previsto en la mencionada Resolución de 2 de julio de 2014.

Santiago de Compostela, 15 de abril de 2015

Helena de Lucas de Santos
Directora general de Movilidad