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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 75 Miércoles, 22 de abril de 2015 Pág. 15396

V. Administración de justicia

Tribunal Superior de Justicia de Galicia (Sala de lo Social)

EDICTO (1040/2011-RCUD 287/13-S).

Tipo y número de recurso: recurso de suplicación 1040/2011

Juzgado de origen/autos: demanda 874/2009 Juzgado de lo Social número 1 de Vigo

Recurrente: Mutual Midat Cyclops, Eloy Martínez Besteiro

Recurridos: Instituto Nacional de la Seguridad Social, Tesorería General de la Seguridad Social, Fernández Contreras Granitos, S.A., Lemos Romero, S.L., Rocas de Porriño, S.L., Mutua Fremap, Asepeyo, Mutua de AT y EP de la Seguridad Social número 151, Mutua Gallega de Accidentes de Trabajo, Granitos Fernández y González, S.L., Extraga, S.L., Graniatios, S.L., administración concursal Rocas de Porriño, S.L., Manuel Martínez Rodríguez, Gragonfer, S.L., Gramorper Extracciones, S.L.

Yo, M. Asunción Barrio Calle, secretaria judicial de la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Galicia, hago saber que en el procedimiento de recurso de suplicación 1040/2011-RCUD287/13-S de esta sala, seguido a instancia de Mutual Midat Cyclops, Eloy Martínez Besteiro contra el Instituto Nacional de la Seguridad Social, Tesorería General de la Seguridad Social, Fernández Contreras Granitos, S.A., Lemos Romero, S.L., Rocas de Porriño, S.L., Mutua Fremap, Asepeyo, Mutua de AT y EP de la Seguridad Social número 151, Mutua Gallega de Accidentes de Trabajo, Granitos Fernández y González, S.L., Extraga, S.L., Graniatios, S.L., administración concursal Rocas de Porriño, S.L., Manuel Martínez Rodríguez, Gragonfer, S.L., Gramorper Extracciones, S.L., sobre accidente, se ha dictado por la Sala IV del Tribunal Supremo la resolución cuya parte dispositiva es la siguiente:

«Fallamos: estimamos el recurso de casación para la unificación de doctrina interpuesto por la representación de Mutual Midat Cyclops contra la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Galicia de fecha 25 de noviembre de 2013, dictada en el recurso de suplicación número 1040/2011, debemos revocar y revocamos en parte la misma, y resolviendo el debate en suplicación, estimamos el recurso de tal naturaleza formulado por Mutual Midat Cyclops, condenando al Instituto Nacional de la Seguridad Social al pago de la prestación reconocida al demandante Eloy Martinez Besteiro, y confirmando la sentencia recurrida respecto a los restantes pronunciamientos que contiene. Sin imposición de costas a la recurrente. Devuélvanse las actuaciones a la Sala de lo Social de procedencia, con la certificación y comunicación de esta resolución. Así, por esta nuestra sentencia, que se insertará en la colección legislativa, lo pronunciamos, mandamos y firmamos».

Y para que sirva de notificación en legal forma a Granitos Fernández y González, S.L., Gragonfer, S.L., Extraga, S.L. y Gramorper Extracciones, S.L., en ignorado paradero, expido el presente edicto para su inserción en el Diario Oficial de Galicia.

A Coruña, 30 de marzo de 2015

La secretaria judicial