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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 71 Jueves, 16 de abril de 2015 Pág. 14650

V. Administración de justicia

Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 1 de Sarria

EDICTO (553/2014).

María del Carmen Álvarez Iglesias, secretaria judicial del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 1 de Sarria, por el presente anuncio:

En el presente procedimiento de juicio verbal seguido a instancia de Manuel Díaz Alvaredo frente a José Manuel Díaz Díaz, Marisol Díaz Díaz e Hilda Díaz se ha dictado sentencia, cuyo encabezamiento y fallo son del tenor literal siguiente:

«Sentencia:

Sarria, 27 de enero de 2015

Vistos por Diana Vales Laguna, jueza del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción Único de Sarria, los presentes autos de juicio verbal registrados con el número 553/2014 en los que han intervenido, como demandante Manuel Díaz Alvaredo, asistido de su letrada María José Rigueiro Arias y representado por su procuradora Reyes Abella García, y como demandados José Manuel Díaz Díaz y Marisol Díaz Díaz, asistidos de su letrada María José García Arias y representados por su procuradora Ana María López Vila, e Hilda Díaz, quien no compareció al acto de la vista y fue declarada en rebeldía procesal, teniendo por objeto una división de cosa común y liquidación de comunidad.

Fallo:

Estimo totalmente la demanda y debo declarar y declaro disuelta la comunidad de propietarios que forman Manuel Díaz Alvaredo y José Manuel Díaz Díaz, Marisol Díaz Díaz e Hilda Díaz, decreto el cese inmediato del proindiviso en que se encuentran los inmuebles descritos en el hecho primero de la demanda, se acuerda proceder a la venta de dichos inmuebles en pública subasta, con participación de licitadores extraños, habiendo de repartirse el precio que se obtenga entre Manuel Díaz Alvaredo y José Manuel Díaz Díaz, Marisol Díaz Díaz e Hilda Díaz en las proporciones expresadas en el hecho segundo de la demanda, previa liquidación de los gastos devengados y que se devenguen, y debo condenar y condeno a José Manuel Díaz Díaz, Marisol Díaz Díaz e Hilda Díaz a estar y pasar por las anteriores declaraciones. Sin hacer expresa imposición de costas a ninguna de las partes, debiendo cada una de ellas abonar las causadas a su instancia y las comunes por mitad.

Notifíquese la presente resolución a las partes, haciéndoles saber que contra la misma cabe recurso de apelación que se interpondrá ante este juzgado en el plazo de veinte días a contar desde el siguiente a su notificación para ser resuelto por la Audiencia Provincial de Lugo, siendo necesario que para ello se proceda a ingresar en la cuenta de depósitos y consignaciones de este juzgado el depósito establecido por la Ley orgánica 1/2009, de 3 de noviembre.

Así por esta mi sentencia, que se notificará en legal forma a las partes, cuyo original se llevará al libro de sentencias de este juzgado dejando las actuaciones testimonio literal de la misma, la pronuncio, mando y firmo».

Y encontrándose la demandada Hilda Díaz, en paradero desconocido, se expide el presente a fin de que sirva de notificación en forma al mismo.

Sarria, 28 de enero de 2015

La secretaria judicial