El 16 de enero de 2015, la Dirección General de Trabajo y Economía Social de la Consellería de Trabajo y Bienestar dictó resolución por la que se acuerda el inicio del procedimiento declarativo de reintegro de la ayuda concedida a Melania Betania Busto del Puerto, con número de expediente TR349F 2013/102-0.
Intentada la notificación de este acuerdo según lo dispuesto en los artículos 59.5 y 61 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común (BOE núm. 285, de 27 de noviembre), modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero (BOE de 14 de enero), y no siendo posible su práctica, por medio de esta cédula, y según lo dispuesto en el número 5 del referido artículo y lo establecido en el artículo 61 del mismo texto legal, se le notifica a la persona interesada el contenido de la resolución que figura como anexo para que pueda tener conocimiento de ella.
De conformidad con lo previsto en el artículo 33 de la Ley 9/2007, de 13 de junio, de subvenciones de Galicia, se le concede a la persona interesada un plazo de diez días hábiles, que comenzará a contar a partir del día siguiente al de la publicación de esta cédula en el Diario Oficial de Galicia, para que pueda formular las alegaciones y presentar la documentación que estime pertinente, ante esta dirección general.
Se le recuerda también su derecho a consultar el expediente, depositado en las dependencias de esta dirección general, sitas en la calle San Lázaro, s/n, en Santiago de Compostela, y a obtener, en su caso, copia de este acuerdo, según lo previsto en la letra a) del artículo 35 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre.
Santiago de Compostela, 17 de marzo de 2015
Carmen Bouso Montero
Directora general de Trabajo y Economía Social
ANEXO
Nº de expediente: TR349F 2013/102-0.
Beneficiaria: Melania Betania Busto del Puerto
NIF: 46912638K
Última dirección conocida: c/ Río Arnoia, 3, 1º E, 15570 Narón (A Coruña).
Procedimiento: ayudas a las personas trabajadoras autónomas por la contratación indefinida de personas asalariadas.
Fecha de la resolución de concesión: 18.9.2013.
Hecho imputado: no mantener en su plantilla a las personas trabajadoras contratadas durante un período mínimo de dos años.
Precepto infringido: apartado 9 del artículo 16 de la Orden de 6 de junio de 2013 por la que se establecen las bases reguladoras del Programa de ayudas a las personas trabajadoras autónomas por la contratación indefinida de personas asalariadas en la Comunidad Autónoma de Galicia para el ejercicio 2013 (DOG núm. 111, de 12 de junio).
Cuantía de la subvención percibida: 4.000 euros.
Contenido de la resolución: acuerdo de inicio de procedimiento de reintegro de la ayuda.