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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 60 Lunes, 30 de marzo de 2015 Pág. 12402

V. Administración de justicia

Juzgado de lo Social número 1 de Santiago de Compostela

EDICTO (518/2011).

María Teresa Vázquez Abades, secretaria judicial del Juzgado de lo Social número 1 de Santiago de Compostela, hace saber que en el procedimiento sobre seguridad social 518/2011 de este juzgado de lo social, seguido a instancia de María Teresa Castro Ruibal contra la empresa Denim Sport Wear, S.L., se ha dictado la siguiente sentencia, cuyo fallo dice literalmente:

«Que estimando parcialmente la demanda interpuesta por María Teresa Castro Ruibal, contra el Instituto Nacional de la Seguridad Social, Mutual Midat Cyclops Mutua de Accidentes de Trabajo y Enfermedades Profesionales de la Seguridad Social número 1 y contra Don Vaquero Sport Wear, S.L., efectúo los pronunciamientos siguientes:

1. Debo declarar y declaro el derecho de la demandante a percibir la suma de 1.854 euros que se le adeudan en concepto de prestación económica de IT iniciada el 5 de julio de 2010 y finalizada el 28 de noviembre de 2011, y correspondientes a los meses de septiembre de 2010 y junio de 2011 (a razón de 927 euros cada mes), y debo condenar y condeno las demandadas a estar y pasar por dicha declaración, y debo condenar y condeno a Mutual Midat Cyclops Mutua de Accidentes de Trabajo y Enfermedades Profesionales de la Seguridad Social número 1 a abonarle dicha suma de 1.854 euros por las prestaciones de IT de septiembre de 2010 y junio de 2011, sin perjuicio de las acciones que pueda ejercitar contra la mercantil Don Vaquero Sport Wear, S.L. por las deducciones efectuadas sin abonar en pago delegado el importe de la prestación; con responsabilidad subsidiaria del INSS para el caso de insolvencia de Mutual Midat Cyclops Mutua de Accidentes de Trabajo y Enfermedades Profesionales de la Seguridad Social número 1.

2. Debo condenar y condeno a Don Vaquero Sport Wear, S.L. a que le abone a la demandante la suma de 943,92 euros en concepto de complemento de IT previsto en el artículo 24 del Convenio colectivo de comercio vario de la provincia de A Coruña, correspondiente a los meses de septiembre de 2010 y junio de 2011.

Notifíquese a las partes la presente resolución haciéndoles saber que frente a la misma cabe recurso de suplicación para ante la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Galicia, en el plazo de cinco días a contar desde el siguiente al de su notificación (artículo 191.3.c de la LRJS)».

Y para que sirva de notificación en legal forma a Denim Sport Wear, S.L., en ignorado paradero, expido el presente edicto para su inserción en el Diario Oficial de Galicia.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la oficina judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia, o cuando se trate de emplazamiento.

Santiago de Compostela, 9 de marzo de 2015

La secretaria judicial