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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 59 Viernes, 27 de marzo de 2015 Pág. 12248

VI. Anuncios

a) Administración autonómica

Consellería del Medio Rural y del Mar

ANUNCIO de 4 de marzo de 2015, del Jurado Provincial de Clasificación de Montes Vecinales en Mano Común de Lugo, por el que se comunica a los posibles titulares de derechos e intereses el acuerdo adoptado relativo a los expedientes 120/76 y 121/76.

En la sesión celebrada por el Jurado Provincial con fecha de 26 de febrero de 2015, figura el acuerdo siguiente:

«Monte Serra de Peites (expediente 120/76), perteneciente a los vecinos del lugar de Peites, de la parroquia de Peites, en el municipio de Ribas de Sil, y clasificado como vecinal en mano común por resolución del Jurado Provincial con fecha de 28 de noviembre de 1977, y monte de Figueiredo (expediente 121/76), perteneciente a los vecinos del lugar de Figueiredo, de la parroquia de Piñeira, en el municipio de Ribas de Sil, y clasificado como vecinal en mano común por resolución del Jurado Provincial con fecha de 28 de noviembre de 1977. Con fecha de 22 de diciembre de 2014, tuvo entrada escrito firmado por Carlos López Álvarez, como presidente de la junta rectora del monte Serra de Peites, dando traslado de un acuerdo de deslinde de avenencia practicado entre estas comunidades, en cuanto a las líneas divisorias que separan los dos montes, aprobado mediante acto conciliatorio celebrado el 24 de octubre de 2014 ante el Juzgado de Paz de Ribas de Sil; adjuntan acta de deslinde, planos topográficos, acta de conciliación levantada en el Juzgado y certificaciones de aprobación por parte de las comunidades implicadas. Dado traslado del anterior deslinde al Servicio de Montes, emite informe, con fecha de 27 de enero de 2015, en el que se especifican las modificaciones de la superficie que se producen como consecuencia de la avenencia, quedando el monte Serra de Peites con una superficie de 365,29 hectáreas, y el monte de Figueiredo, con una superficie de 417,01 hectáreas. Examinada la documentación presentada, el Jurado, por unanimidad, acuerda, aprobar el deslinde por avenencia practicado y proceder a las oportunas modificaciones en los expedientes respectivos».

Desconociendo el nombre y dirección de los posibles titulares de derechos e intereses sobre los referidos montes, por medio del presente anuncio, y conforme a lo dispuesto en el artículo 59.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, se pone en su conocimiento el anterior acuerdo.

Lugo, 4 de marzo de 2015

José Ramón Losada Fernández
Presidente del Jurado Provincial de Clasificación de Montes
Vecinales en Mano Común de Lugo