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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 57 Miércoles, 25 de marzo de 2015 Pág. 11894

V. Administración de justicia

Juzgado de lo Social número 3 de Santiago de Compostela

EDICTO (932/2013).

Susana Varela Amboage, secretaria judicial del Juzgado de lo Social número 3 de Santiago de Compostela, hago saber que en el procedimiento ordinario 932/2013 de este juzgado de lo social, seguido a instancia de Lucía Noya Castelao contra Edruan 2009, S.L. y el Fondo de Garantía Salarial, sobre ordinario, se ha dictado sentencia nº 54 cuyo encabezamiento y fallo son del tenor literal:

«Sentencia.

Santiago de Compostela, 3 de marzo de 2015.

Susana Villarino Moure, magistrada jueza del Juzgado de lo Social número 3 de Santiago de Compostela, habiendo visto los presentes autos nº 932/2013, promovidos ante este juzgado de lo social sobre reclamación de cantidad, a instancia de Lucía Noya Castelao, asistida por la letrada Natalia Erviti Álvarez contra Edruan 2009, S.L., que no comparece, y el Fogasa, que no comparece, ha pronunciado la siguiente sentencia.

(…)

Fallo que debo estimar y estimo la demanda presentada y, en consecuencia, condeno a Edruan 2009, S.L. a pagar a la actora 5.363,57 euros de principal y 772,94 euros de intereses, así como al abono de las costas procesales, incluidos los honorarios de la letrada de la parte demandante que se fijan en la suma de 200 euros. Condeno al Fogasa a estar y pasar por la presente resolución en los términos del artículo 23.6 inciso primero LRJS.

Notifíquese la presente resolución a las partes haciéndoles saber que contra la misma cabe recurso de suplicación en el plazo de cinco días desde su notificación.

Llévese el original de esta resolución al libro de sentencias y déjese testimonio en las actuaciones.

Así lo acuerdo, mando y firmo.

La magistrada jueza»

Y para que sirva de notificación en legal forma a Edruan 2009, S.L., en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el Diario Oficial de Galicia y su publicación en el tablón del juzgado.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la oficina judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia, o cuando se trate de emplazamiento.

Santiago de Compostela, 4 de marzo de 2015

La secretaria judicial