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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 50 Viernes, 13 de marzo de 2015 Pág. 10502

VI. Anuncios

a) Administración autonómica

Consellería de Medio Ambiente, Territorio e Infraestructuras

CÉDULA de 25 de febrero de 2015, de la Secretaría General Técnica de la Consellería de Medio Ambiente, Territorio e Infraestructuras, por la que se notifican las resoluciones dictadas en los recursos interpuestos contra las resoluciones de los expedientes sancionadores en materia de transportes terrestres (expediente RA/M/2014/00117 y tres más).

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, se notifica a las personas que a continuación se relacionan las resoluciones de los recursos interpuestos contra las resoluciones de los expedientes sancionadores instruidos por infracciones de la normativa reguladora de los transportes terrestres, por resultar desconocidos sus destinatarios o bien porque, intentada la notificación, no se pudo efectuar.

Según establece el artículo 61 de la citada ley, los interesados disponen de un plazo de diez días, contados desde el día siguiente al de la publicación de esta cédula, para examinar la resolución en la Secretaría General Técnica de la Consellería de Medio Ambiente, Territorio e Infraestructuras, situada en el Edificio Administrativo San Caetano, en Santiago de Compostela.

Se les hace saber que contra dichas resoluciones, definitivas en vía administrativa, cabe recurso contencioso-administrativo, ante el juzgado de lo contencioso-administrativo de la circunscripción en la que el demandante tenga su domicilio o en el de Santiago de Compostela, en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de finalización del plazo de diez días antes señalado o al de la comparecencia del interesado, en su caso.

Las multas deberán hacerse efectivas, con la clave 390001, por cualquiera de los siguientes medios:

– NCG Novagalicia Banco.

– BBVA: Transacción 1316, NIF S1511001H.

– Banesto.

– http://www.cixtec.es/conselleria.

De no hacerlo así, se procederá a su cobro por la vía de apremio según lo dispuesto en el artículo 97 de la vigente Ley 30/1992, de 26 de noviembre.

Para que conste y sirva de notificación a los interesados, firmo y sello esta cédula.

Santiago de Compostela, 25 de febrero de 2015

José Antonio Fernández Vázquez
Secretario general técnico de la Consellería de Medio Ambiente,
Territorio e Infraestructuras

ANEXO

Expediente

Número recurso

Matrícula

Denunciante

Recurrente

Infracción cometida

Datos de la denuncia: fecha; hora; carretera; p.k.

Precepto
infringido

Sanción
impuesta

Resolución del recurso

PO-00295-O-2013

RA/M/2014/00117

0956-HCV/R-2397-BCG

Guardia Civil 1525 W59971A

Logística y Transitarios Norte, S.A.

La manipulación del tacógrafo o de alguno de sus elementos, así como la de otros instrumentos o medios de control que exista la obligación de llevar instalados en el vehículo, al objeto de alterar su funcionamiento o modificar sus mediciones.

15.10.2012; 22.05; AP-9; 94,500

Artículo 140.10 de la LOTT

4.001 €

Inadmisión, confirmando la sanción impuesta

LU-00803-O-2012

RA/M/2014/00152

3783-FFK

Guardia Civil 2704 I64330I

Logística y Transitarios Norte, S.A.

La carencia de hojas de registro del aparato de control, de la tarjeta de conductor o de los documentos impresos obligatorios que exista obligación de llevar en el vehículo.

15.4.2012; 12.55; AG-64; 55,00

Artículo 140.24 de la LOTT

2.001 €

Inadmisión, confirmando la sanción impuesta

PO-02088-S-2013

RA/M/2014/00248

PO-0081-AZ

Policía Municipal 294477

Ibérica de Congelados, S.A.

La carencia a bordo del vehículo de las hojas de registro de los tiempos de conducción y descanso ya utilizadas o de los documentos de impresión que resulte obligatorio llevar, con independencia del tipo de tacógrafo, analógico o digital, que se esté utilizando.

11.4.2013; 10.25

Artículo 140.35 de la LOTT

1.001 €

Inadmisión, confirmando la sanción impuesta

XC-02496-O-2013

RA/M/2014/00281

1361-HKH

Guardia Civil 1500 C35644I

José Manuel Alba Fontán

El exceso igual o superior al 25 % sobre la MMA total en vehículos con MMA hasta 12 toneladas. Exceso de peso igual o superior al 35 %.

19.6.2013; 17.41; SC-20; 2,2

Artículo 140.23 de la LOTT

4.000 €

Desestimatorio, confirmando la sanción impuesta