Elena Mónica de Celada Pérez, secretaria judicial del Juzgado de lo Social número 29 de Madrid, hago saber que en el procedimiento 8/2015 de este juzgado de lo social, seguido a instancia de Edgar Agustín Jiménez Quezada frente a Sucomaga, S.L. sobre ejecución forzosa, se ha dictado la siguiente resolución:
«Parte dispositiva.
Se alza embargo acordado en la presente ejecución de cuentas corrientes y AEAT del ejecutado Sucomaga, S.L., cancelándose las medidas de garantía adoptadas.
Modo de impugnación: mediante recurso de reposición ante este juzgado, no obstante lo cual, se llevará a efecto lo acordado. El recurso deberá interponerse por escrito en el plazo de tres (3) días hábiles contados desde el siguiente de la notificación, con expresión de la infracción cometida a juicio del recurrente, sin cuyos requisitos no se admitirá el recurso (artículo 186.1 de la Ley de jurisdicción social).
Así lo acuerdo y firmo. Doy fe.
Elena Mónica de Celada Pérez
Secretaria judicial»
Y para que sirva de notificación en legal forma a Sucomaga, S.L., en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el Diario Oficial de Galicia.
Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto ,salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.
Madrid, 16 de febrero de 2015
La secretaria judicial