Descargar PDF Galego | Castellano| Português

DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 45 Viernes, 6 de marzo de 2015 Pág. 9295

III. Otras disposiciones

Consellería de Sanidad

RESOLUCIÓN de 25 de febrero de 2015 por la que se declara de interés gallego y se ordena la inscripción en el Registro de Fundaciones de Interés Gallego de la Fundación Clínica Dental Solidaria de Lugo.

Examinado el expediente de declaración de interés gallego e inscripción en el Registro de Fundaciones de Interés Gallego de la Fundación Clínica Dental Solidaria de Lugo, se dicta la presente resolución basada en los hechos y fundamentos de derecho que se exponen a continuación:

Hechos.

1. Alejandro López Quiroga, presidente del patronato de la Fundación, formuló una solicitud de clasificación a efectos de su inscripción en el Registro de Fundaciones de Interés Gallego.

2. La Fundación Clínica Dental Solidaria de Lugo fue constituida en escritura pública otorgada en Lugo, el 25 de septiembre de 2014, ante la notaria Natalia Nieto Alba, con el número de protocolo 1.443, por el Colegio Oficial de Odontólogos y Estomatólogos de Lugo, representado por Alejandro López Quiroga.

3. Según consta en el artículo 6 de sus estatutos, la Fundación tiene por objeto conseguir el derecho universal a la salud oral mediante la promoción y el desarrollo de programas preventivos, formativos y/o asistenciales en el área de la salud oral.

4. En la escritura de constitución constan los extremos relativos a la personalidad de los fundadores, a su capacidad y voluntad de constituir la Fundación conforme a los preceptos de la Ley 12/2006, de 1 de diciembre, de fundaciones de interés gallego.

5. En los estatutos de la Fundación consta la denominación y naturaleza, el domicilio, el objeto y la finalidad, las reglas para la aplicación de las rentas a los fines fundacionales y para la determinación de los beneficiarios y la designación del patronato inicial.

6. El patronato inicial de la Fundación está formado por Alejandro López Quiroga como presidente; Manuel Menéndez Mato como vicepresidente; José Otero Sanfeliú como secretario, Eduardo José Bena de Rette Armeri como tesorero y María Aparecida Queiroz Ocampo, Vanessa Quiñones Castro y María Dolores García González como vocales.

7. La Comisión integrada por los secretarios generales de todas las consellerías elevó al vicepresidente y conselleiro de Presidencia, Administraciones Públicas y Justicia, la propuesta de clasificación como de interés sanitario de la Fundación Clínica Dental Solidaria de Lugo, dado su objeto y finalidad, por lo que, cumpliéndose los requisitos exigidos en la Ley 12/2006, y de conformidad con lo establecido en el artículo 51 del Decreto 14/2009, de 21 de enero, por el que se aprueba el Reglamento de fundaciones de interés gallego, y el artículo 7 del Decreto 15/2009, del 21 de enero, por el que se aprueba el Reglamento del Registro de Fundaciones de Interés Gallego, el protectorado será ejercido por el departamento de la Xunta que tenga atribuidas las competencias correspondientes a los fines fundacionales.

8. De conformidad con dicha propuesta, por Orden del vicepresidente y conselleiro de Presidencia, Administraciones Públicas y Justicia, de 26 de enero de 2015, se clasificó como de interés sanitario la Fundación Clínica Dental Solidaria de Lugo y se adscribió a la Consellería de Sanidad a efectos del ejercicio de las funciones de Protectorado.

Fundamentos de derecho.

Primero. El artículo 34 de la Constitución española reconoce el derecho de fundación para fines de interés general, conforme a la ley, y el artículo 27.26 del Estatuto de autonomía para Galicia establece que es competencia exclusiva de la Comunidad Autónoma gallega el régimen de las fundaciones de interés gallego.

Segundo. De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 7.2 del Decreto 15/2009, de 21 de enero, por el que se aprueba el Reglamento del Registro de Fundaciones de Interés Gallego, en relación con el Decreto 41/2013, de 21 de febrero, por el que se establece la estructura orgánica de la Consellería de Sanidad, corresponde a dicha consellería la declaración de interés gallego, mediante resolución publicada en el Diario Oficial de Galicia, y la inscripción en el Registro de Fundaciones de Interés Gallego de la Fundación Clínica Dental Solidaria de Lugo, así como el ejercicio de las funciones de protectorado y las demás que correspondan a la Xunta de Galicia, de conformidad con lo indicado en dicho reglamento.

Tercero. A la vista de lo que antecede y teniendo en consideración lo establecido en la normativa de aplicación en materia de fundaciones de interés gallego, y en las demás normas de general y pertinente aplicación, en uso de las competencias atribuidas por el Decreto 41/2013, de 21 de febrero, por el que se establece la estructura orgánica de la Consellería de Sanidad,

RESUELVO:

Primero. Declarar de interés gallego la Fundación Clínica Dental Solidaria de Lugo.

Segundo. Ordenar su inscripción en el Registro de Fundaciones de Interés Gallego, sección de la Consellería de Sanidad.

Tercero. Esta fundación queda sometida a lo dispuesto en la Ley 12/2006, de 1 de diciembre, de fundaciones de interés gallego, y en los decretos 14/2009, de 21 de enero, por el que se aprueba el Reglamento de fundaciones de interés gallego y el Decreto 15/2009, de 21 de enero, por el que se aprueba el Reglamento del Registro de Fundaciones de Interés Gallego, así como a la demás normativa que resulte de aplicación, donde se establecen especialmente las obligaciones de dar publicidad suficiente de su objeto y actividades, ausencia de ánimo de lucro en la prestación de sus servicios, así como la presentación anual de la documentación contable y plan de actuación ante el protectorado, que será ejercido por la Consellería de Sanidad.

Contra esta resolución, que no pone fin a la vía administrativa, puede interponerse recurso de alzada ante la conselleira de Sanidad, en el plazo de un mes contado desde el día siguiente al de su publicación, según lo dispuesto en los artículos 114 y 115 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común.

Santiago de Compostela, 25 de febrero de 2015

Josefina Monteagudo Romero
Secretaria general técnica de la Consellería de Sanidad