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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 44 Jueves, 5 de marzo de 2015 Pág. 9152

V. Administración de justicia

Tribunal Superior de Justicia de Galicia (Sala de lo Contencioso-Administrativo, Sección Segunda)

EDICTO (4601/2007).

En el procedimiento ordinario tramitado ante esta sección con el número 4601/2007, se ha acordado librar el presente a fin de que se publique en el Diario Oficial de Galicia, la parte dispositiva de la sentencia dictada por esta sala en fecha 23 de junio de 2011, cuyo fallo es del tenor literal siguiente:

«Fallamos estimar el recurso contencioso-administrativo interpuesto por la representante procesal de la sociedad mercantil Tejima España, S.L., contra el Acuerdo plenario del Ayuntamiento de Pontevedra, de 20 de julio de 2007, por el que aprobó definitivamente el Plan especial de infraestructuras y dotación en suelo y subsuelo para viales de la unidad de actuación 35, calle Antón Fraguas, así como el convenio para la concesión demanial con destino a la construcción y explotación del aparcamiento en el subsuelo del vial, que formuló la sociedad mercantil Construcciones y Obras Veteris, S.L. En consecuencia, anulamos el referido acuerdo plenario, sin que se impongan las costas de esta instancia».

La referida sentencia fue recurrida en casación por las representaciones legales del Ayuntamiento de Pontevedra y por Construcciones y Obras Veteris, S.L.

El Tribunal Supremo dictó sentencia de fecha 9 de mayo de 2014 que, en su parte dispositiva, acuerda:

«Fallamos que, con desestimación de todos los motivos de casación al efecto invocados, debemos declarar y declaramos que no ha lugar a los recursos interpuestos por el procurador Argimiro Vázquez Guillén, en nombre y representación de la entidad mercantil Construcciones y Obras Veteris, S.L., y por el procurador Juan Carlos Estévez Fernández-Novoa, en nombre y representación del Ayuntamiento de Pontevedra, contra la sentencia pronunciada, en fecha 23 de junio de 2011, por la Sección Segunda de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Galicia en el recurso contencioso-administrativo número 4601/2007, con imposición a dichos recurrentes de las costas procesales causadas hasta el límite, por el concepto de honorarios de abogado de la entidad mercantil comparecida como recurrida, de cinco mil euros a cargo de la entidad mercantil Construcciones y Obras Veteris, S.L. y de tres mil euros con cargo al Ayuntamiento de Pontevedra».

Así, por esta nuestra sentencia, lo pronunciamos, mandamos y firmamos, debiéndose hacer saber a las partes, al notificársela, que contra ella no cabe recurso ordinario alguno.

A Coruña, 13 de febrero de 2015

Inmaculada Pérez Arrojo
Secretaria