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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 43 Miércoles, 4 de marzo de 2015 Pág. 9003

V. Administración de justicia

Juzgado de Primera Instancia número 1 de Vigo

EDICTO (622/2013).

En el procedimiento ordinario número 622/2013, seguido en este Juzgado de Primera Instancia número 1 de Vigo, se ha dictado la siguiente sentencia:

Sentencia.

En Vigo a 26 de septiembre de 2014.

Vistos por María Isabel Castro Martínez, magistrada jueza del Juzgado de Primera Instancia número 1 de Vigo, los autos de juicio ordinario sobre reclamación de cantidad con el número 622/2013, promovidos por FCE Bank PLC Sucursal en España, representada por el procurador Sr. Fernández González y asistida del letrado Sr. Etcheverría Hermida, contra Gráficas Pombal, S.L. y Marcos González Soto, en situación procesal de rebeldía.

Fallo:

Estimando íntegramente la demanda promovida por la representación de FCE Bank PLC Sucursal en España contra Gráficas Pombal, S.L. y Marcos González Soto, debo condenar y condeno al demandado a abonar a la actora la cantidad de 12.350,29 euros, más intereses legales desde la interposición de la demanda, y al pago de las costas procesales.

Notifíquese a las partes.

Contra la presente resolución cabe recurso de apelación, que habrá de interponerse en este juzgado en el plazo de veinte días desde su notificación, para la Audiencia Provincial de Pontevedra.

Conforme a la disposición adicional decimoquinta de la LOPJ, para la admisión del recurso se deberá acreditar haber constituido, en la cuenta de depósitos y consignaciones de este órgano, un depósito de 50 euros, salvo que el recurrente sea beneficiario de justicia gratuita, el Ministerio Fiscal, el Estado, la comunidad autónoma, la entidad local u organismo autónomo dependiente.

El depósito deberá constituirlo ingresando la citada cantidad en el Banesto, en la cuenta de este expediente, señalando en el campo «concepto» la indicación «recurso» seguida del código «02 civil-apelación».

Si el ingreso se hace mediante transferencia bancaria deberá incluir, tras la cuenta referida, separada por un espacio, la indicación «recurso» seguida del código «02 civil-apelación».

En el caso de que deba realizar otros pagos en la misma cuenta, deberá verificar un ingreso por cada concepto, incluso si obedecen a otros recursos de la misma o distinta clase indicando, en este caso, en el campo observaciones la fecha de la resolución recurrida con el formato dd/mm/aaaa.

Y como consecuencia del ignorado paradero de Gráficas Pombal, S.L. y Marcos González Soto, se extiende el presente para que sirva de cédula de notificación.

Vigo, 17 de diciembre de 2014

El/la secretario/a judicial