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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 42 Martes, 3 de marzo de 2015 Pág. 8778

V. Administración de justicia

Juzgado de lo Social número 1 de Santiago de Compostela

EDICTO (195/2014).

María Teresa Vázquez Abades, secretaria judicial del Juzgado de lo Social número 1 de Santiago de Compostela, hago saber que en el procedimiento de ejecución de títulos judiciales 195/2014 de este juzgado de lo social, seguido a instancia de Margarita Varela Lema, Tomás Díaz Castañeira contra Fogasa, Asociación Profesional Agraria Xóvenes Agricultores sobre ordinario, se ha dictado resolución cuya parte dispositiva es del siguiente tenor literal:

Parte dispositiva.

Acuerdo:

a) Declarar a la ejecutada Asociación Profesional Agraria Xóvenes Agricultores en situación de insolvencia total por importe de 84.344,55 euros de principal [a Tomás Díaz Castañeira 34.824,24 euros (31.658,40 euros en concepto de indemnización por despido objetivo + 3.165,84 euros en concepto de intereses) + a Margarita Varela Lema 49.520,31 € (42.000,00 € en concepto de indemnización + 7.520,31 € en concepto de salarios debidos)], más 8.434,45 euros que provisionalmente se presupuestan para intereses, gastos y costas, sin perjuicio de posterior liquidación, insolvencia que se entenderá a todos los efectos como provisional.

b) Archivar las actuaciones previa anotación en el libro correspondiente, sin perjuicio de reabrir la ejecución, si en lo sucesivo se conocen nuevos bienes del ejecutado.

c) Una vez firme la presente resolución, procédase a su inscripción en el registro correspondiente.

Notifíquese a las partes, haciéndoles saber que en aplicación del mandato contenido en el artículo 53.2 de la LJS, en el primer escrito o comparecencia ante el órgano judicial, las partes o interesados, y, en su caso, los profesionales designados, señalarán un domicilio y datos completos para la práctica de actos de comunicación. El domicilio y los datos de localización facilitados con tal fin, surtirán plenos efectos y las notificaciones en ellos intentadas sin efecto serán válidas hasta tanto no sean facilitados otros datos alternativos, siendo carga procesal de las partes y de sus representantes mantenerlos actualizados. Asimismo, deberán comunicar los cambios relativos a su número de teléfono, fax, dirección electrónica o similares, siempre que estos últimos estén siendo utilizados como instrumentos de comunicación con el tribunal.

Modo de impugnación: contra la presente resolución cabe recurso directo de revisión que deberá interponerse ante quien dicta la resolución en el plazo de tres días hábiles siguientes a la notificación de la misma con expresión de la infracción cometida en la misma a juicio del recurrente, artículo 188 de la LJS. El recurrente que no tenga la condición de trabajador o beneficiario de régimen público de la Seguridad Social deberá hacer un depósito para recurrir de 25 euros, en la cuenta nº 0049 3569 9200 0500 1274 en el Banco Santander, S.A. debiendo indicar en el campo concepto, «recurso» seguida del código «31 Social-Revisión de resoluciones secretario judicial». Si el ingreso se hace mediante transferencia bancaria deberá incluir tras la cuenta referida, separados por un espacio con la indicación «recurso» seguida del «31 Social-Revisión de resoluciones secretario judicial». Si efectuare diversos pagos en la misma cuenta deberá especificar un ingreso por cada concepto, incluso si obedecen a otros recursos de la misma o distinta clase indicando en el campo de observaciones la fecha de la resolución recurrida utilizando el formato dd/mm/aaaa. Quedan exentos de su abono, en todo caso, el Ministerio Fiscal, el Estado, las comunidades autónomas, las entidades locales y los organismos autónomos dependientes de ellos.

La secretaria judicial.

Y a efectos que dar la procedente publicidad a la declaración de insolvencia de la ejecutada Asociación Profesional Agraria Xóvenes Agricultores, expido el presente para su inserción en el Diario Oficial de Galicia.

Santiago de Compostela, 12 de febrero de 2015

La secretaria judicial