Procedimiento ordinario 318/2013
Demandante: Josefa Mena Requena
Procurador: José Martínez Lage
Abogado: Jesús Eiriz Lovelle
Demandada: Clínica Vitaldent Inicia Dental, S.L.
En el procedimiento de referencia se ha dictado Sentencia de 17 de noviembre de 2014, a instancia de Josefa Mena Requena, representada por el procurador José Martínez Lage, contra la Clínica Vitaldent Inicia Dental, S.L. cuyo fallo es literalmente el siguiente:
«Desestimo íntegramente la demanda interpuesta por Josefa Mena Requena contra Clínica Vitaldent Inicia Dental, S.L. y, en consecuencia, absuelvo a la entidad demandada de todos los pedimentos formulados en su contra. Todo ello con imposición de costas a la parte actora.
Notifíquese esta resolución a las partes con la indicación de que la misma no es firme y que contra ella podrá interponerse recurso de apelación ante la Sala de lo Civil de la Audiencia Provincial, recurso que habrá de presentarse en este juzgado en el plazo de veinte días desde su notificación.
Por exigirlo así la disposición adicional decimoquinta de la Ley orgánica 6/1985, de 1 de julio, del poder judicial, la interposición de recurso contra la anterior resolución exige la constitución de un depósito de 50 €. Están exceptuadas de la obligación de constituir el depósito las partes que tengan reconocido el derecho de asistencia jurídica gratuita.
Líbrese testimonio de la presente resolución para su unión a los autos principales y llévese el original al libro de sentencias de este juzgado.
Así, por esta mi sentencia, lo pronuncio, mando y firmo, María Jesús Sánchez Carbajales, magistrada jueza del Juzgado de Primera Instancia número 2 de Santiago de Compostela.
Publicación. En el mismo día, en audiencia pública, fue leída y publicada la anterior sentencia por la jueza que la dictó. Doy fe».
Y como consecuencia del ignorado paradero de Clínica Vitaldent Inicia Dental, S.L., se extiende el presente edicto para que sirva de cédula de notificación.
Santiago de Compostela, 10 de diciembre de 2014
El/La secretario/a judicial