Yo, Rafael González Alió, secretario judicial del Juzgado de lo Social número 1 de Lugo, hago saber que en el procedimiento 1053/2013 de este juzgado de lo social, seguido a instancia de Pedro R. Mosteiriz Vidal contra Xestión Celular Galega, S.L. y Fogasa sobre reclamación de cantidad, se ha dictado sentencia cuyo fallo es el siguiente:
Estimo íntegramente la demanda presentada por Pedro Roberto Mosteiriz Vidal, representado por el letrado Sr. Pérez Domínguez, contra Xestión Celular Galega, S.L., que no compareció pese a constar su citación en legal forma, y, en consecuencia, condeno a la empresa demandada a abonar a la demandante la cantidad de 2.011,97 euros, más los intereses moratorios especificados en el fundamento de derecho quinto.
Las cantidades a cuyo pago ha sido condenada la empresa demandada serán asumidas por el Fondo de Garantía Salarial (Fogasa), dentro de los límites y con los requisitos legales y reglamentarios, que en su caso, le afecten.
Notifíquese esta resolución a las partes, haciéndoles saber que la misma no es susceptible de recurso de suplicación, al no exceder de 3.000 euros la cuantía litigiosa calculada conforme a lo dispuesto en el artículo 192 de la Ley reguladora de la jurisdicción social (artículo 191.2.g) de la Ley reguladora de la jurisdicción social).
Y para que sirva de notificación en forma a Xestión Celular Gaega, S.L., en ignorado paradero, expido y firmo el presente edicto.
Lugo, 27 de enero de 2015
El secretario judicial