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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 34 Jueves, 19 de febrero de 2015 Pág. 7022

V. Administración de justicia

Juzgado de lo Social número 3 de Santiago de Compostela

EDICTO (PO 676/2013).

Yo, Susana Varela Amboage, secretaria judicial del Juzgado de lo Social número 3 de Santiago de Compostela, hago saber que en el procedimiento ordinario 676/2013 de este Juzgado de lo Social, seguido a instancia de Ioan Lucian Streza contra DYR Yiranny Instalacion y Decoración en Placas de Yeso, S.L., Constructora San José, S.A., Fondo de Garantía Salarial, Somague Engenharia, S.A. sucursal en España Sacyr, S.A. UTE As Cancelas Santiago Ley 18/1982, sobre ordinario, se ha dictado Sentencia número 15, cuyos encabezamiento y fallo son del tenor literal:

Sentencia:

Santiago de Compostela, 28 de enero de 2015.

Susana Villarino Moure, magistrada jueza del Juzgado de lo Social número 3 de Santiago de Compostela, habiendo visto los presentes autos 676/2013, promovidos ante este juzgado de lo social sobre reclamación de cantidad, a instancia de Ioan Lucian Streza, asistido por la graduada social Matilde Mallo contra Dyr Yiranny Instalación y Decoración en Placas de Yeso, S.L., que no comparece, Somague Engenharia, S.A. sucursal en España Sacyr UTE As Cancelas Santiago Ley 18/1982, que no comparece y Constructora San José, S.A., que comparece asistida y representada por el letrado Miguel Vizcaíno Fernández Casadevante, Fogasa, que comparece asistido por el letrado habilitado de la abogacía del Estado Alejandro Crespi Rodríguez, ha pronunciado la siguiente sentencia.

(…)

Fallo:

Que debo estimar y estimo parcialmente la demanda presentada por Ioan Lucian Streza y, en consecuencia, condeno a Dyr Yiranny Instalación y Decoración en Placas de Yeso, S.L. a pagar al actor 9.036,28 euros en concepto de principal y 1.775,07 euros en concepto de intereses. Condeno al Fogasa a estar y pasar por la presente resolución en los términos del artículo 23.6 inciso segundo LRJS.

Que debo absolver y absuelvo a Somague Engenharia, S.A. Sucursal en España Sacyr, S.A. UTE As Cancelas Santiago Ley 18/1982 y a la empresa Constructora San José, S.A.

Notifíquese la presente resolución a las partes haciéndoles saber que contra la misma pueden interponer recurso de suplicación en el plazo de cinco días desde su notificación.

Llévese el original de esta resolución al libro de sentencias y déjese testimonio en las actuaciones.

Así lo acuerdo, mando y firmo. La magistrada jueza.

Y para que sirva de notificación en legal forma a DYR Yiranny Instalación y Decoración en Placas de Yeso, S.L., en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el Diario Oficial de Galicia y su publicación en el tablón del juzgado.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la oficina judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia, o cuando se trate de emplazamiento.

Santiago de Compostela, 29 de enero de 2015

La secretaria judicial