Visto el expediente para otorgamiento de la autorización administrativa previa y de construcción de la instalación eléctrica que a continuación se describe:
Solicitante: Iberdrola Distribución Eléctrica, S.A.U.
Domicilio social: calle María de Molina, 7, 6º, 47001 Valladolid.
Denominación: proyecto de modificación de la línea eléctrica 20 kV Santo Estevo-A Rasa por modificación de la L/E a 220 kV Santo Estevo-Trives.
Situación: Nogueira de Ramuín.
Características técnicas:
LMT aérea a 20 kV de 48 m, con conductor tipo LA-56 y origen en el apoyo nº 5 (nuevo apoyo 5B) de la LMT San Estevo-A Rasa y final en el apoyo nº 6 de la misma LMT.
Cumplidos los trámites ordenados en la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del sector eléctrico, y en el capítulo II, título VII del Real decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica, esta jefatura territorial resuelve:
Conceder la autorización administrativa previa y la autorización administrativa de construcción a dicha instalación, cuyas características se ajustarán en todas sus partes al proyecto arriba indicado y a las condiciones técnicas y de seguridad establecidas en los reglamentos de aplicación y en los condicionados establecidos por los ministerios, organismos o corporaciones que constan en el expediente. Esta autorización se otorga sin perjuicio de las concesiones y o autorizaciones que sean necesarias, de acuerdo con otras disposiciones que resulten aplicables y, en especial, las relativas a la ordenación del territorio y al medio ambiente.
El plazo de puesta en marcha de las instalaciones que se autorizan será de doce meses, contados a partir de la fecha de la última autorización administrativa necesaria para su ejecución.
Contra la presente resolución podrá interponer recurso de alzada ante el conselleiro de Economía e Industria en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de notificación o publicación de esta resolución; también podrá interponer cualquier otro recurso que estime pertinente a su derecho.
Ourense, 20 de enero de 2015
Alfonso Tomás Paz Doniz
Jefe territorial de Ourense