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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 31 Lunes, 16 de febrero de 2015 Pág. 6586

V. Administración de justicia

Tribunal Superior de Justicia de Galicia (Sala de lo Social)

EDICTO (1095/2013).

M. Socorro Bazarra Varela, secretaria judicial de la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Galicia, hago saber que en el procedimiento recurso suplicación 1095/2013-MFV de esta sala, seguido a instancia de Mutua Fremap contra el Instituto Nacional de la Seguridad Social, Tesorería General de la Seguridad Social, Gustavo Antonio Ocampo Aneiros, Talleres y Aplicaciones del Eume, S.L. sobre accidente, se ha dictado la siguiente resolución:

«Que desestimando el recurso de suplicación interpuesto por la representación procesal de Fremap mutua de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales de la Seguridad Social número 61, contra la sentencia de 19 de septiembre de 2012 dictada por el Juzgado de lo Social número 2 de Ferrol en los autos número 301/2012, seguidos a instancia del actor contra la Mutua Fremap, empresa Talleres y Aplicaciones del Eume, S.L., INSS y TGSS, debemos confirmar y confirmamos la sentencia de instancia.

Incorpórese el original de esta sentencia, por su orden, al libro de sentencias de este Tribunal Superior de Justicia de Galicia.

Modo de impugnación: se hace saber a las partes que contra esta sentencia cabe interponer recurso de casación para unificación de doctrina, que ha de prepararse mediante escrito presentado ante esta Sala dentro del improrrogable plazo de los diez días hábiles inmediatos siguientes a la fecha de notificación de la sentencia. Si el recurrente no tuviera la condición de trabajador o beneficiario del régimen público de seguridad social deberá efectuar:

– El depósito de 600 € en la cuenta de 16 dígitos de esta Sala, abierta en el Banco de Santander (Banesto) con el nº 1552 0000 37 seguida de cuatro dígitos correspondientes al nº del recurso y dos dígitos del año del mismo.

– Asimismo si hay cantidad de condena, deberá consignarla en la misma cuenta, pero con el código 80 en vez del 37 o bien presentar aval bancario solidario en forma.

– Si el ingreso se hace mediante transferencia bancaria desde una cuenta abierta en cualquier entidad bancaria distinta, habrá que emitirla a la cuenta de veinte dígitos 0049 3569 92 0005001274 y hacer constar en el campo “Observaciones o Concepto de la transferencia” los 16 dígitos que corresponden al procedimiento (1552 0000 80 ó 37 **** ++)».

Y para que sirva de notificación en legal forma a Talleres y Aplicaciones del Eume, S.L., en ignorado paradero, expido el presente edicto para su inserción en el Diario Oficial de Galicia.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la oficina judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia, o cuando se trate de emplazamiento.

A Coruña, 27 de enero de 2015

La secretaria judicial