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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 31 Lunes, 16 de febrero de 2015 Pág. 6610

VI. Anuncios

a) Administración autonómica

Consellería de Economía e Industria

RESOLUCIÓN de 16 de enero de 2015, de la Jefatura Territorial de Pontevedra, de autorización administrativa, declaración, en concreto, de utilidad pública y la necesidad de la urgente ocupación que lleva implícita y de autorización administrativa de construcción de una instalación eléctrica en el ayuntamiento de Barro (expediente IN407A 2014/98-4).

Visto el expediente para otorgamiento de autorización administrativa, declaración, en concreto, de utilidad pública y la necesidad de la urgente ocupación que lleva implícita y de autorización administrativa de construcción de las instalaciones eléctricas que a continuación se describen:

Solicitante: Unión Fenosa Distribución S.A.

Domicilio social: travesía de Vigo, 204 36207 Vigo.

Denominación: LMT y CT Os Casás-Goimil.

Situación: Barro.

Características técnicas: LMT aérea a 20 kV con conductor tipo LA-56 de 55 metros de longitud, con origen en el apoyo C-3000/14, nº 62-10 de la TIB 810 de la derivación al CT Revolta y final en el apoyo proyectado CH-630-13, en el cual se realiza un paso aereosubterráneo (PAS). LMT subterránea a 20 kV con conductor RHZ1 de 868 metros de longitud, con origen en el apoyo proyectado CH-630-13 (PAS) y final en el CT proyectado. Centro de transformación de 250 kVA, RT 20 kV/400-230 V, situado en Os Casás, Barro.

Se realizó el trámite de información pública insertando anuncios en el DOG de 9 de julio de 2014, en el BOP de 15 de julio de 2014, en el periódico Faro de Vigo de 23 de junio de 2014 y en el tablón de anuncios del Ayuntamiento de Barro. También se notificó individualmente a los titulares de las fincas afectadas por la instalación según la relación facilitada por la empresa peticionaria. Durante el mencionado trámite se recibieron las siguientes alegaciones:

Con fecha 18 de julio de 2014, Celso Fernández Vázquez y con fecha 16 de julio de 2014, María Eva Gontad Villaverde presentan, en relación con el expediente IN407A 2014/98-4, escritos de alegaciones en esta jefatura territorial, las cuales son remitidas a la empresa peticionaria para que, a su vez, realice las oportunas alegaciones.

Una vez examinadas las alegaciones formuladas por ambas partes se concluye lo siguiente:

Se desestima la petición de cambio de ubicación de las instalaciones.

En consecuencia, cumplidos los trámites ordenados en la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del sector eléctrico, y en los capítulos II y V del título VII del Real decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica, y en la Resolución de la Consellería de Economia e Industria de 19 de febrero de 2014, por la que se aprueba el procedimiento de autorización administrativa de construcción (DOG nº 54, de 19 de marzo de 2014), esta jefatura territorial resuelve:

Conceder autorización administrativa, autorización administrativa de construcción y declarar, en concreto, la utilidad pública y la necesidad de la urgente ocupación que lleva implícita de los bienes afectados por la refereida instalación, cuyas características se ajustarán en todas sus partes a las que figuran en el proyecto de ejecución y a las condiciones técnicas y de seguridad establecidas en los reglamentos de aplicación, y en los condicionados establecidos por los ministerios, organismos o corporaciones que constan en el expediente.

Estas autorizaciones se otorgan sin perjuicio de terceros e independientemente de las autorizaciones, licencias o permisos de competencia municipal, provincial u otros necesarios para la realización de las obras de las instalaciones autorizadas.

El plazo de puesta en marcha de la instalación, de acuerdo con el artículo 131 del Real decreto 1955/2000, será de 14 meses a partir de la recepción de la presente resolución. A efectos de la posible solicitud de prórroga, el peticionario deberá tener en cuenta lo dispuesto en el capítulo IV del Decreto 1775/1967, de 22 de julio.

Contra la presente resolución podrá interponer recurso de alzada ante el conselleiro de Economía e Industria en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de la notificación de esta resolución; también podrá interponer cualquier otro recurso que estime pertinente a su derecho.

Pontevedra, 16 de enero de 2015

Ignacio Rial Santomé
Jefe territorial de Pontevedra