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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 25 Viernes, 6 de febrero de 2015 Pág. 5594

V. Administración de justicia

Juzgado de lo Social número 4 de Pontevedra

EDICTO (199/2014).

Marina García de Evan, secretaria judicial del Juzgado de lo Social número 4 de Pontevedra, hago saber que en el procedimiento ejecución de títulos judiciales 199/2014 de este juzgado de lo social, seguido a instancia de Francisco Camiña Rubianes contra la empresa Portaboa, S.L., sobre ordinario, se ha dictado el despacho de la ejecución, cuya parte dispositiva se adjunta:

Despachar orden general de ejecución de decreto de fecha 31 de octubre de 2013 a favor de la parte ejecutante, Francisco Camiña Rubianes, frente a Portaboa, S.L., parte ejecutada, por importe de 2.589,96 euros en concepto de principal, más otros 258 euros que se fijan provisionalmente en concepto de intereses que, en su caso, puedan devengarse durante la ejecución y las costas de esta, sin perjuicio de su posterior liquidación.

En orden a dar efectividad a las medidas concretas solicitadas, acuerdo:

– Requerir a Portaboa, S.L. a fin de que en el plazo de diez días manifieste relacionadamente bienes y derechos suficientes para cubrir la cuantía de la ejecución, con expresión, en su caso, de las cargas y gravámenes, así como, en el caso de inmuebles, si están ocupados, por qué personas y con qué título, bajo apercibimiento de que, en caso de no verificarlo, podrá ser sancionado, cuando menos, por desobediencia grave, en caso de que no presente la relación de sus bienes, incluya en ella bienes que no sean suyos, excluya bienes propios susceptibles de embargo o no desvele las cargas y gravámenes que sobre ellos pesaren, y podrán imponérsele también multas coercitivas periódicas.

Procédase a la averiguación patrimonial de la entidad ejecutada a través del punto neutro judicial.

Y para que sirva de notificación a Portaboa, S.L., en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el Diario Oficial de Galicia.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la oficina judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia, o cuando se trate de emplazamiento.

Pontevedra, 16 de enero de 2015

La secretaria judicial