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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 25 Viernes, 6 de febrero de 2015 Pág. 5652

VI. Anuncios

a) Administración autonómica

Puertos de Galicia

CÉDULA de 26 de enero de 2015 por la que se notifica acuerdo de incoación de expediente de caducidad de la concesión administrativa otorgada por Resolución de 8 de octubre de 2001 a Conservas Castiñeiras, S.L. con destino a instalación de captación de agua de mar para utilizar en fábrica de conservas en el puerto de Castiñeiras.

Con fecha de 16 de enero de 2015, el presidente de Puertos de Galicia resuelve autorizar la incoación del expediente de caducidad de la concesión administrativa de referencia, acordándose designar como instructor del expediente a Jesús Javier Fernández Barro, jefe de la División Jurídica de Puertos de Galicia, con domicilio a efectos del presente expediente en Área Central, plaza de Europa, 5-A, 6º, 15707 Santiago de Compostela, siendo su régimen de abstención y recusación el consignado en los artículos 28 y 29 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común.

Intentada la notificación del acuerdo de incoación del expediente de caducidad en el domicilio que consta en el expediente sito en el lugar O castro, s/n, en Castiñeiras-Ribeira, provincia de A Coruña a través del servicio de Correos, y no siendo posible su práctica, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 59.4º de la citada Ley 30/1992, se notifica mediante la publicación en el Diario Oficial de Galicia y exposición en el tablón de edictos del Ayuntamiento de Ribeira a la mercantil Conservas Castiñeiras, S.L., el presente acuerdo de incoación de expediente de caducidad de la concesión administrativa de referencia.

El expediente se incoa por falta de pago de la totalidad de las tasas relativas a la concesión liquidadas desde el año 2006 y por falta absoluta de actividad en la concesión, lo que determina la concurrencia de las causas imperativas de caducidad previstas en la condición general de la concesión número 32ª, apartados a) y b).

Contra el acuerdo de incoación se podrán formular alegaciones, otorgándose a estos efectos un plazo máximo de 15 días a contar desde el día siguiente al de la publicación del acuerdo en el Diario Oficial de Galicia y exposición en el tablón de edictos del Ayuntamiento de Ribeira.

Al margen de lo que resulte de la instrucción del procedimiento en cuanto a otros motivos de caducidad que pudieran concurrir, el abono de las cantidades adeudadas antes de dictar resolución implicará el archivo del expediente en los que se refiere a este motivo concreto de caducidad.

El órgano competente para la resolución del expediente es el presidente de la entidad pública Puertos de Galicia, en virtud de las competencias conferidas por el artículo 4 de la Orden de 30 de marzo de 2012, de la Consellería del Medio Rural y del Mar.

Para su examen, el expediente completo se encuentra en las dependencias de los servicios centrales de Puertos de Galicia en Área central, plaza de Europa, 5-A, 6º, 15707 Santiago de Compostela.

Y para que conste y sirva de notificación, y en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 59.4º de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, expido, firmo y sello la presente cédula.

Santiago de Compostela, 26 de enero de 2014

Jesús Javier Fernández Barro
Instructor