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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 24 Jueves, 5 de febrero de 2015 Pág. 5349

V. Administración de justicia

Tribunal Superior de Justicia de Galicia (Sala de lo Social)

EDICTO de notificación de sentencia (RSU 1714/2013-CRS).

M. Asunción Barrio Calle, secretaria judicial de la sección número 1 de la Sala Segunda de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Galicia, hago saber que en el procedimiento recurso suplicación 1714/2013 de esta sección, seguido a instancia de Basilio González Bellón contra Kaefer Aislamientos, S.A. y otros, sobre otros dchos. seg.social, se ha dictado la siguiente resolución:

«Que, estimando en parte el recurso de suplicación interpuesto por el actor Basilio González Bellón, revocamos parcialmente la sentencia dictada en estos autos por el Juzgado de lo Social número 2 de Ferrol, en el sentido de condenar solidariamente a las demandadas Izar Construcciones Navales en liquidación, S.A. (IZAR), a la empresa Kaefer Aislamientos, S.A. (KAEFER) y a la entidad Navantia, S.A. a que abonen al actor, en concepto de indemnización de daños y perjuicios, la cantidad de 11.799,96 euros. Y mantenemos íntegramente los restantes pronunciamientos absolutorios que el fallo impugnado contiene, desestimando la demanda en lo restante pedido.

Modo de impugnación: se hace saber a las partes que contra esta sentencia cabe interponer recurso de casación para unificación de doctrina, que ha de prepararse mediante escrito presentado ante esta sala dentro del improrrogable plazo de diez días hábiles inmediatos siguientes a la fecha de notificación de la sentencia. Si el recurrente no tuviera la condición de trabajador o beneficiario del régimen público de seguridad social, deberá efectuar:

– El depósito de 600 € en la cuenta de 16 dígitos de esta sala, abierta en el Banco de Santander (Banesto) con el nº 1552 0000 35, seguida de cuatro dígitos correspondientes al nº del recurso y dos dígitos del año del mismo.

– Asimismo, si hay cantidad de condena deberá consignarla en la misma cuenta, pero con el código 80 en vez del 35, o bien presentar aval bancario solidario en forma.

– Si el ingreso se hace mediante transferencia bancaria desde una cuenta abierta en cualquier entidad bancaria distinta, habrá que emitirla a la cuenta de veinte dígitos
0049 3569 92 0005001274 y hacer constar en el campo “observaciones o concepto de la transferencia” los 16 dígitos que corresponden al procedimiento (1552 0000 80 o 35 **** ++).

Una vez firme, expídase certificación para constancia en el rollo que se archivará en este tribunal, incorporándose el original al correspondiente libro de sentencias, previa devolución de los autos al juzgado de lo social de procedencia.

Así, por esta nuestra sentencia, lo pronunciamos, mandamos y firmamos».

Y para que sirva de notificación en legal forma a empresa Manuel Arzua Núñez VIC, Construcciones Pernas, empresa Modesto Prada Construccion, empresa Francisco Botas y Cia., en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el Diario Oficial de Galicia.

Se advierte a los destinatarios que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la oficina judicial, salvo en el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia, o cuando se trate de emplazamiento.

A Coruña, 15 de enero de 2015

La secretaria judicial