La directora de la Agencia de Protección de la Legalidad Urbanística acordó, el 19 de diciembre de 2014, incoar expediente de reposición de la legalidad urbanística derivado del expediente PON/586/2014 en relación con las obras consistentes en la construcción de un muro de contención y movimientos de tierra para explanación y pavimentación de camino en el lugar de Parada, Chapela, finca Pedra do Pandeiro, en el término municipal de Redondela, provincia de Pontevedra.
Al no poder realizarse la notificación personal de aquel acuerdo a Juan José Figueiredo Fernández, mediante la presente cédula, y al amparo de lo dispuesto en el artículo 59.5 de la Ley 30/1992, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común (LRJPAC), se le notifica al interesado dicho acuerdo.
Teniendo en cuenta que, en atención a lo previsto en el artículo 61 de la LRJPAC, el acto no se publica en su integridad, se hace saber al interesado que el texto íntegro del acuerdo que se notifica se encuentra a su disposición en las dependencias de la Agencia de Protección de la Legalidad Urbanística sitas en el Edificio Witland, Salgueiriños, en Santiago de Compostela, para su consulta en el plazo de diez (10) días, que se contarán desde el día siguiente al de la publicación de esta cédula. Transcurrido dicho plazo, la notificación se entenderá producida.
El interesado dispondrá de un plazo de quince (15) días hábiles para alegar y presentar los documentos e informaciones que estime pertinentes y, en su caso, proponer prueba concretando los medios de los que pretendan valerse.
Para que conste y sirva de notificación al citado interesado en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 59.5 de la citada Ley 30/1992, de 26 de noviembre, expido y firmo esta cédula.
Santiago de Compostela, 19 de enero de 2015
María Martínez Allegue
Directora de la Agencia de Protección de la Legalidad Urbanística