Visto el expediente para otorgamiento de la autorización administrativa previa y de construcción para la instalación eléctrica que a continuación se describe:
Solicitante: Granja San Lorenzo, S.C.
Domicilio social: A Mouxueira, s/n, Riotorto, Lugo.
Denominación: LMTS y CT para fábrica de alimentos de origen natural para animales.
Situación: ayuntamiento de A Pastoriza
Características Técnicas:
• Línea de media tensión subterránea a 20 kV consistente en anillar en la LMTS existente en el polígono de A Pastoriza el CS y el CT proyectado, con una longitud de 270 metros en conductor tipo RHZ1-150 mm.
• Centro de seccionamiento en el límite de la parcela en edificio prefabricado, en el que se instalan dos celdas de línea y una de protección con relé.
• Centro de transformación en edificio prefabricado, con una potencia de 400 kVA. en el cual se instala una celda de línea, una de protección y una de medida, relación de transformación 20.000/400-230 V.
Cumplidos los trámites ordenados en la Ley 24/2013, de 26 de diciembre (BOE núm. 310), del sector eléctrico, y en el título VII, capítulo II, del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre (BOE nº 310), por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica, y de acuerdo con la Resolución de 19 de febrero de 2014, de la Dirección General de Energía y Minas, por la que se aprueba el procedimiento de autorización administrativa de construcción (DOG núm. 54), esta jefatura territorial resuelve:
Conceder la autorización administrativa previa y la autorización administrativa de construcción a dichas instalaciones, cuyas características se ajustarán en todas sus partes a las que figuran en su proyecto y a las condiciones técnicas y de seguridad establecidas en los reglamentos de aplicación y en los condicionados establecidos por los ministerios, organismos o corporaciones que constan en el expediente, independientemente de las autorizaciones, licencias o permisos de competencia municipal, provincial u otros necesarios para la realización de las obras de las instalaciones autorizadas.
El plazo de puesta en marcha de las instalaciones que se autorizan será de doce meses, a contar a partir de la fecha de la última autorización administrativa necesaria para su ejecución.
Contra esta resolución se podrá interponer recurso de alzada ante el conselleiro de Economía e Industria en el plazo de un mes, a partir del día siguiente al de la notificación o publicación de esta resolución; también se podrá interponer cualquier otro recurso que estime pertinente a su derecho.
Lugo, 23 de diciembre de 2014
Pilar Fernández López
Jefa territorial de Lugo