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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 17 Martes, 27 de enero de 2015 Pág. 4088

VI. Anuncios

a) Administración autonómica

Consellería de Sanidad

CÉDULA de 23 de diciembre de 2014, de la Jefatura Territorial de Pontevedra, por la que se notifica la resolución del expediente sancionador 2014196TA-PO, por infracción en materia sanitaria.

En fecha 24 de noviembre de 2014, la jefa territorial de la Consellería de Sanidad de Pontevedra dictó la resolución del expediente sancionador 2014196TA-PO, incoado en la Jefatura Territorial de la Consellería de Sanidad de Pontevedra a Labaza Cooperativa Galega, con CIF F27780600, como titular del establecimiento Cafetería Desafío.

Tras intentar la notificación de esta resolución según lo dispuesto en el artículo 59 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, no se pudo practicar, por lo que, mediante esta cédula, se notifica a Labaza Cooperativa Galega el contenido de dicha resolución, que figura en el anexo, según lo dispuesto en el apartado 5 del referido artículo, para que tenga conocimiento del mismo.

Asimismo, se le hace saber el derecho que la asiste para presentar recurso de alzada, ante la conselleira de Sanidad, en el plazo de un mes contado desde el día siguiente al de la publicación de esta cédula, según establece el artículo 115 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, recordándole su derecho a consultar el expediente depositado en las dependencias de esta jefatura territorial, sita en Pontevedra, en el Edificio Administrativo de la Xunta de Galicia; calle Fernández Ladreda, número 43, 1ª planta y a obtener, en su caso, copia del mismo, según lo previsto en el apartado a) del artículo 35 de la citada
Ley 30/1992, de 26 de noviembre.

En caso de estar conforme con esta resolución, deberá hacer efectiva la multa en el siguiente plazo: 1) si la notificación se realiza entre los días 1 y 15 del mes, desde la fecha de la notificación hasta el día 20 del mes posterior o, si este no fuera hábil, hasta el inmediato hábil siguiente; 2) si la notificación se realiza entre los días 16 y último del mes, desde la fecha de la notificación hasta el día 5 del segundo mes posterior o el inmediato hábil siguiente. Todo ello mediante ingreso que deberá efectuar en cualquier oficina de Abanca, de BBVA, transacción 1316, NIF S1511001H, y de Banesto, empleando los impresos normalizados que le serán facilitados en las dependencias de esta jefatura territorial. El pago voluntario pondrá fin al expediente. De no hacerlo así, se procederá a su cobro por la vía de apremio.

Esta cédula se expide para que conste y sirva de notificación a la interesada, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre.

Pontevedra, 23 de diciembre de 2014

Ángeles Feijoo-Montenegro Fernández
Jefa territorial de Pontevedra

ANEXO

Número del expediente: 2014196TA-PO.

Denunciada: Labaza Cooperativa Galega, con CIF F27780600, como titular del establecimiento Cafetería Desafío.

Último domicilio conocido: Cafetería Desafío-Labaza Cooperativa Galega. Calle Paseo
Matutino, número 35, 36860 Ponteareas (Pontevedra).

Hecho imputado: infracción de lo previsto en la Ley 28/2005, de medidas sanitarias frente al tabaquismo y reguladora de la venta, el suministro, el consumo y la publicidad de los productos del tabaco, modificada por la Ley 42/2010, de 30 de diciembre.

Preceptos infringidos:

– Artículo 3.3. «En todos los establecimientos en los que esté autorizada la venta y suministro de productos del tabaco se instalarán en lugar visible carteles que, de acuerdo con las características que señalen las normas autonómicas en su respectivo ámbito territorial, informen, en castellano y en las lenguas cooficiales, de la prohibición de venta de tabaco a los menores de dieciocho años y adviertan sobre los perjuicios para la salud derivados del uso del tabaco…».

– Disposición adicional tercera de la Ley 28/2005, que establece que en los centros o dependencias en los que existe prohibición legal de fumar deberán colocarse en su entrada, en lugar visible, carteles que anuncien la prohibición del consumo de tabaco.

Tipificación: dos infracciones administrativas tipificadas como leves en los artículos 19.2.b) y 19.2.d) de la Ley 28/2005, de 26 de diciembre, de medidas sanitarias frente al tabaquismo y reguladora de la venta, el suministro, el consumo y la publicidad de los productos del tabaco, modificada por la Ley 42/2010, de 30 de diciembre.

Sanción impuesta: ciento cincuenta euros (150 €).