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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 16 Lunes, 26 de enero de 2015 Pág. 3811

V. Administración de justicia

Juzgado de lo Social número 3 de Santiago de Compostela

EDICTO (856/2012).

María Teresa Vázquez Abades, secretaria judicial del Juzgado de lo Social número 3 de Santiago de Compostela, hago saber que en el procedimiento ordinario 856/2012 de este juzgado de lo social, seguido a instancia de Adriana Pérez Alborés contra AJP Guy y Otra, S.C., Antoine Jean Paul Guy Jaud, RYC Restauración, S.C. sobre ordinario, se ha dictado sentencia, cuyo encabezamiento y fallo son del tenor literal siguiente:

«Sentencia.

Santiago de Compostela, 26 de diciembre de 2014.

Susana Villarino Moure, magistrada jueza del Juzgado de lo Social número 3 de Santiago de Compostela, habiendo visto los presentes autos nº 856/2012, promovidos ante este juzgado de lo social sobre reclamación de cantidad, a instancia de Adriana Pérez Alborés, asistida y representada por la letrada María Catalfamo, contra AJP Guy y Otra, S.C., Antoine Jean Paul Guy Jaud, que no comparecen, RYC Restauración, S.C., que no comparece, habiendo sido citado el Fogasa, el cual tampoco compareció, ha dictado la presente sentencia».

«Fallo:

Que debo estimar y estimo parcialmente la demanda presentada y, en consecuencia, condeno a AJP Guy y Otra, S.C. y subsidiariamente, a Antoine Jean Paul Guy Jaud a abonar a Adriana Pérez Alborés 10.602,79 euros de principal y 2.280,33 euros de intereses.

No ha lugar a la imposición de las costas procesales.

Se condena al Fogasa a estar y pasar por la presente resolución en los términos del artículo 23.6, inciso primero de la LRJS.

Se tiene a la parte actora por desistida de la ampliación de la demanda presentada contra RYC Restauración, S.C.

Notifíquese la presente resolución a las partes, haciéndoles saber que contra la misma pueden interponer recurso de suplicación en el plazo de cinco días desde su notificación.

Llévese el original de esta resolución al libro de sentencias y déjese testimonio en las actuaciones.

Así lo acuerdo, mando y firmo.

La magistrada jueza».

Y para que sirva de notificación en legal forma a AJP Guy y Otra, S.C., y a Antoine Jean Paul Guy Jaud, en ignorado paradero, expido el presente edicto para su inserción en el Diario Oficial de Galicia.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la oficina judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia, o cuando se trate de emplazamiento.

Santiago de Compostela, 2 de enero de 2015

La secretaria judicial