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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 10 Viernes, 16 de enero de 2015 Pág. 2438

V. Administración de justicia

Juzgado de lo Social número 1 de Santiago de Compostela

EDICTO (682/2011).

Procedimiento ordinario 682/2011

Demandante: Ricardo González Martín

Abogada: María Milagros Verde Crespo

Demandadas: Xanela Arquitectura en Aluminio, S.L., (Fogasa) Fondo de Garantía Salarial

Edicto.

Ana María Navarro Gómez, secretaria judicial del Juzgado de lo Social número 1 de Santiago de Compostela, hace saber que en el procedimiento ordinario 682/2011 de este juzgado de lo social, seguido a instancia de Ricardo González Martín contra Xanela Arquitectura en Aluminio, S.L., Fondo de Garantía Salarial sobre ordinario, se ha dictado la siguiente resolución:

«Que estimando íntegramente la demanda interpuesta por Ricardo González Martín contra Xanela Arquitectura en Aluminio, S.L. y el Fogasa, debo condenar y condeno a la mercantil demandada a abonar al actor la suma de nueve mil cuatro euros con ochenta y dos céntimos (9.004,82 €) por los conceptos indicados en el hecho probado cuarto de esta resolución, más los intereses por mora previstos en el artículo 29.3 del ET respecto de dicha cantidad.

En lo que atañe a la responsabilidad del Fogasa, deberá observarse lo que resulte de la aplicación del artículo 33 del ET con notificación de la presente resolución.

Notifíquese a las partes la presente resolución, haciéndoles saber que frente a ella cabe recurso de suplicación para ante la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Galicia, en el plazo de cinco (5) días a contar desde el siguiente al de su notificación.

La anterior resolución se entregará al secretario para su custodia e incorporación al libro de sentencias. Insértese en las actuaciones por medio de testimonio.

Por esta mi sentencia, juzgando definitivamente en primera instancia, lo pronuncio, mando y firmo».

Y para que sirva de notificación en legal forma a Xanela Arquitectura en Aluminio, S.L., en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el Diario Oficial de Galicia.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la oficina judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia, o cuando se trate de emplazamiento.

Santiago de Compostela, 23 de diciembre de 2014

La secretaria judicial