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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 10 Viernes, 16 de enero de 2015 Pág. 2487

VI. Anuncios

a) Administración autonómica

Puertos de Galicia

CÉDULA de 26 de diciembre de 2014 por la que se notifica orden de retirada de la embarcación Antigua II depositada sin autorización en el puerto de Combarro (Pontevedra).

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 59.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, se notifica mediante la publicación en el Diario Oficial de Galicia y exposición en el tablón de edictos del Ayuntamiento de Vigo a la mercantil Inversiones Mapama, S.L. orden de retirada de la embarcación Antigua II, con matrícula 7ª-BA-2-517-92, del muelle del puerto de Combarro, por no ser posible la notificación a través del servicio de Correos en el último domicilio conocido sito en la calle Progreso, 36, 3º B, de Vigo, provincia de Pontevedra.

De acuerdo con el expediente que traslada la Jefatura de la Zona Sur de Puertos de Galicia, que intentó notificar dos órdenes de retirada, la embarcación se encuentra depositada sin autorización en la zona de servicio del puerto de Combarro.

La presente orden es emitida por la Dirección de Puertos de Galicia de acuerdo con las competencias conferidas por el artículo 9.3.a) de la Ley 5/1994, de 29 de noviembre, de creación de Puertos de Galicia.

La retirada de la embarcación deberá producirse en un plazo máximo de 15 días contados desde el día siguiente al de la publicación de la presente orden en el Diario Oficial de Galicia y exposición en el tablón de edictos del Ayuntamiento de Vigo.

El retraso en el cumplimiento de la orden de retirada implicará que Puertos de Galicia comience a liquidar la tarifa X-5 –embarcaciones deportivas y de recreo– conforme a lo establecido en la regla décima de aplicación a esta tarifa recogida en la Ley 6/2003, de 9 de diciembre, de tasas, precios y exacciones reguladoras de la Comunidad Autónoma de Galicia, y todo ello sin perjuicio de comenzar a aplicar la tarifa en la cuantía prevista en la regla décimo cuarta de aplicación, de reservarse la potestad de efectuar dicha retirada de manera subsidiaria y a costa del propietario de la embarcación, por lo que pasará el correspondiente cargo, respondiendo el valor de la embarcación de los gastos de transporte y almacenaje, y de iniciarse procedimiento administrativo sancionador.

El presente acto administrativo, que tiene eficacia ejecutiva, no agota la vía administrativa y es susceptible de recurso de alzada, que deberá presentarse ante la Presidencia de Puertos de Galicia en un plazo máximo de un mes a contar desde el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de Galicia o al de su exposición en el tablón de edictos del Ayuntamiento de Vigo.

Y para que conste y les sirva de notificación, y en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 59.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, expido, firmo y sello la presente cédula.

Santiago de Compostela, 26 de diciembre de 2014

José Ignacio Villar García
Director de Puertos de Galicia