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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 9 Jueves, 15 de enero de 2015 Pág. 2058

III. Otras disposiciones

Consellería de Economía e Industria

ORDEN de 15 de diciembre de 2014 por la que se ratifica el acuerdo de extinción de la Fundación para el Fomento de la Calidad Industrial y el Desarrollo Tecnológico de Galicia y se promueve su inscripción en el Registro de Fundaciones de Interés Gallego.

Visto el expediente por el que se inicia el expediente de extinción de la Fundación para el Fomento de la Calidad Industrial y el Desarrollo Tecnológico de Galicia, adscrita al protectorado de la Consellería de Economía e Industria, resultan los siguientes

Hechos:

Primero. Con fecha de 27 de diciembre de 2013 se presenta en el Registro General de la Consellería de Presidencia, Administraciones Públicas y Justicia la solicitud de ratificación del acuerdo de extinción de la Fundación para el Fomento de la Calidad Industrial y el Desarrollo Tecnológico de Galicia, adoptado por el Patronato.

Segundo. La Fundación para el Fomento de la Calidad Industrial y el Desarrollo Tecnológico de Galicia fue constituida el 1 de octubre de 1996 en escritura pública otorgada ante el notario, con residencia en Santiago de Compostela, José Antonio Montero Pardo, con el número de protocolo 1699 de 1996, y declarada de interés gallego por el Consello de la Xunta de Galicia en sesión del día 19 de diciembre de 1996 (DOG núm. 253, de 30 de diciembre) y figura inscrita en la sección correspondiente del Registro de Fundaciones de Interés Gallego.

Los fines de la fundación, según constan en sus estatutos son, entre otros fines de interés general, el fomento del desarrollo tecnológico y la investigación, y tiene la consideración de medio propio instrumental y de servicio técnico de la Consellería de Economía e Industria de la Xunta de Galicia según la modificación estatutaria aprobada por el Consello de la Xunta de Galicia, en su reunión de 17 de marzo de 2010.

Tercero. Con fecha de 14 de agosto de 2013 fue publicado en el Diario Oficial de Galicia (DOG) el Decreto 134/2013, de 1 de agosto, por el que la Consellería de Economía e Industria procedió a la reorganización de determinadas entidades instrumentales a ella adscritas con competencias en materia de innovación, en que autoriza la extinción de la Fundación para el Fomento de la Calidad Industrial y el Desarrollo Tecnológico de Galicia, asumiendo la Agencia Gallega de Innovación sus medios personales y materiales, excepto el Laboratorio Oficial de Metrología de Galicia (LOMG), que sería asumido por la Dirección General de Energía y Minas.

En virtud de lo dispuesto en el decreto, el órgano de gobierno de la fundación, en su reunión de 26 de diciembre de 2013, adoptó el acuerdo de extinción de la fundación mediante acuerdo elevado a público el día 16 de enero de 2014 ante el notario con residencia en Santiago de Compostela José Manuel Amigo Vázquez, con el número 87 de su protocolo.

Consideraciones legales y técnicas.

Primero. Esta consellería resulta competente para ratificar el acuerdo adoptado por el Patronato de la fundación en virtud de lo dispuesto en el Decreto 110/2013, de 4 de julio, por el que se establece la estructura orgánica de la Consellería de Economía e Industria, en relación con lo establecido en la Ley 12/2006, de 1 de diciembre, de fundaciones de interés gallego, y en su reglamento.

Segundo. El artículo 44 de la Ley 12/2006, de 1 de diciembre, de fundaciones de interés gallego, establece entre las causas de extinción de las fundaciones la imposibilidad de realización del fin fundacional, siendo necesario a tal efecto el acuerdo favorable del Patronato, ratificado por el protectorado. El mismo artículo establece que el acuerdo de extinción se inscribirá en el Registro de Fundaciones de Interés Gallego.

Tercero. El acuerdo de extinción se adoptó de conformidad con los requisitos establecidos en la normativa vigente y en los estatutos de la fundación, siendo aprobado por acuerdo del Patronato, con las mayorías previstas en el Reglamento de fundaciones de interés gallego.

Cuarto. La documentación necesaria al efecto fue debidamente cumplimentada.

Por lo expuesto, y de conformidad con lo establecido en la Ley 12/2006, de 1 de diciembre, de fundaciones de interés gallego; en el Decreto 14/2009, de 21 de enero, por el que se aprueba el Reglamento de fundaciones de interés gallego, y en el Decreto 15/2009, de la misma fecha, por el que se aprueba el Reglamento del Registro de Fundaciones de Interés Gallego,

DISPONGO:

Primero. Ratificar el acuerdo de extinción adoptado por el Patronato de la Fundación para el Fomento de la Calidad Industrial y el Desarrollo Tecnológico de Galicia.

Segundo. Ordenar la inscripción del acuerdo de extinción en el Registro de Fundaciones de Interés Gallego, Sección de la Consellería de Economía e Industria.

Contra esta orden, que pone fin a la vía administrativa, puede interponerse recurso contencioso-administrativo ante la sala correspondiente del Tribunal Superior de Justicia de Galicia, en el plazo de dos meses, de conformidad con lo dispuesto en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa, pudiendo interponerse con carácter potestativo recurso de reposición ante el mismo órgano que dictó el acto, en el plazo de un mes, según lo dispuesto en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común.

Santiago de Compostela, 15 de diciembre de 2014

Francisco José Conde López
Conselleiro de Economía e Industria