De conformidad con lo dispuesto en el artículo 59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, se notifica a las personas que a continuación se relacionan las solicitudes de acreditación de la representación de los recursos interpuestos contra las resoluciones de los expedientes sancionadores instruidos por infracciones de la normativa reguladora de los transportes terrestres, por resultar desconocidos sus destinatarios o bien porque, intentada la notificación, no se pudo efectuar.
Examinado el recurso interpuesto, se observó que este carece de un requisito esencial exigido por el artículo 32.3 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, tal y como es que, para interponer recursos deberá acreditarse la representación por cualquier medio válido en derecho que deje constancia fehaciente. Por lo tanto, se le requiere para que presente la documentación (original o copia compulsada) del representante para actuar en nombre de la entidad, remitiéndola a la Consellería de Medio Ambiente, Territorio e Infraestructuras; Secretaría General Técnica; Servicio Técnico-Jurídico; San Caetano, bq. 5; 15781 Santiago de Compostela.
Por todo lo expuesto, y a fin de dar cumplimiento a lo establecido en el artículo 110.1 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, y tener así por interpuesto el recurso presentado, deberá proceder a la enmienda de la falta mencionada en el plazo de diez (10) días contados a partir de la recepción de la presente comunicación, tal y como se establece en el artículo 32.4 de la mencionada ley.
Es necesario recordarle que, de no proceder a la corrección de los defectos antes mencionados, esta administración procederá a dar cumplimiento a lo establecido en el artículo 113.1 de la Ley 30/1992 inadmitiendo el recurso interpuesto.
Y para que conste y sirva de notificación al interesado, firmo y sello esta cédula.
Santiago de Compostela, 26 de diciembre de 2014
José Antonio Fernández Vázquez
Secretario general técnico de la Consellería de Medio Ambiente,
Territorio e Infraestructuras
ANEXO
Número recurso Expediente Matrícula Denunciante |
Recurrente |
Infracción cometida Datos de la denuncia: fecha; hora; carretera; p.k. |
RA/M/2014/00248 PO-02088-S-2013 PO-0081-AZ Policía Municipal 294477 |
Ibérica de Congelados, S.A. |
La carencia a bordo del vehículo de las hojas de registro de los tiempos de conducción y descanso ya utilizadas o de los documentos de impresión que resulte obligatorio llevar. 11.4.2013; 10.25 |
RA/M/2014/00476 OU-00393-O-2013 9577-FLF / R-5453-BCH Guardia Civil 3201 I12849B |
Logística Ourense, S.L. |
Exceso superior a 2 horas sobre los tiempos máximos de conducción diaria (sobre 10 horas). Superior a 14 horas e inferior a 15 horas. 4.3.2013; 21.04; N-525; 220 |
RA/M/2014/00587 OU-00967-O-2012 3124-DGL / R-4050-BBX Guardia Civil 3201 L82181K |
Logística de Villabrazaro, S.L. |
Circular transportando paquetería careciendo de las hojas de registro del aparato de control que tiene la obligación el conductor de llevar en el vehículo. 9.6.2012; 9.05; A-52; 262 |
RA/M/2014/00611 PO-00114-O-2012 6246-CRN Guardia Civil 3603 A23980M |
Tres Ecel Logística, S.L. |
Utilizar envases o embalajes no homologados, gravemente deteriorados, que presenten fugas o carezcan de alguno de los requisitos técnicos exigidos. 5.12.2011; 12.17; A-55; 10 |