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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 2 Lunes, 5 de enero de 2015 Pág. 387

V. Administración de justicia

Juzgado de lo Social número 3 de Santiago de Compostela

EDICTO (691/2012).

Susana Varela Amboage, secretaria judicial del Juzgado de lo Social número 3 de Santiago de Compostela, hace saber que en el procedimiento impugnación de actos de la administración 691/2012 de este juzgado de lo Social, seguido a instancia de Rosa María Oliveira Rey contra Isaura López Terceiro, Consellería de Hacienda sobre ordinario, se ha dictado sentencia nº 472, cuyo encabezamiento y fallo son del tenor literal:

«Demandante: Rosa María Oliveira Rey

Abogada: Laura Otero Rodríguez

Demandada: Xunta de Galicia. Consellería de Hacienda.

Demandada: Isaura López Terceiro (no comparece pese a estar citada por edictos)

Sentencia

Santiago de Compostela, 5 de diciembre de 2014

(…)

Fallo

Que estimando la demanda promovida por Rosa María Oliveira Rey, anulo la resolución recurrida, de fecha 29 de junio de 2012, de la Consellería de Hacienda de la Xunta de Galicia, condenando a la administración demandada a que, con retroacción del procedimiento de la convocatoria, incluya a la actora en la lista de admitidos a participar en el concurso para la provisión de puestos de trabajo vacantes de grupo V de personal laboral de la Xunta de Galicia, valorando sus méritos, publicando su puntuación correspondiente y, de ser el caso, le adjudique el puesto solicitado.

Notifíquese la presente resolución a las partes, haciéndoles saber que contra ella podrá interponerse recurso de suplicación en el plazo de cinco días, ante la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Galicia desde su notificación, pasados los cuales quedará firme en derecho.

Así, por esta mi sentencia, lo pronuncio, mando y firmo, Miguel Ángel García Lastres, juez sustituto de este juzgado».

Y para que sirva de notificación en legal forma a Isaura López Terceiro, en ignorado paradero, expido el presente para su publicación en el Diario Oficial de Galicia y su publicación en el tablón del juzgado.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la oficina judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia, o cuando se trate de emplazamiento.

Santiago de Compostela, 11 de diciembre de 2014

La secretaria judicial