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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 246 Miércoles, 24 de diciembre de 2014 Pág. 52482

V. Administración de justicia

Juzgado de Primera Instancia número 4 de Vigo

EDICTO (914/2013).

Ángel Gómez Santos, secretario judicial del Juzgado de Primera Instancia número 4 de Vigo, hago saber que en virtud de lo acordado en los autos de referencia y de conformidad con lo dispuesto en los artículos 156.4 y 164 de la LEC, mediante este se notifica a Ramos y Novoa Internacional, S.L. y José Ángel Ramos Novoa la sentencia de 21 de noviembre de 2014 dictada en el presente procedimiento, cuyo encabezamiento y resolución son del tenor literal siguiente:

Sentencia 198/14.

Vigo, 21 de noviembre de 2014.

Vistos por mí, Manuel Ángel Pereira Costas, magistrado del Juzgado de Primera Instancia número 4 de Vigo, los presentes autos de juicio ordinario que con el número 914/2013 se siguen por instancia de Volkswagen Finance, S.A., EFC, representada por la procuradora Marta Suárez Hermo y dirigida por el letrado Francisco José Pérez Ares, contra Ramos & Novoa Internacional, S.L. y José Ángel Ramos Novoa, declarados en situación de rebeldía procesal, que tienen por objeto una pretensión de reclamación de cantidad basada en un contrato de financiación de una compraventa de bienes muebles a plazos.

Resolución:

Estimo parcialmente la demanda interpuesta por Volkswagen Finance, S.A., EFC, contra Ramos & Novoa Internacional, S.L. y José Ángel Ramos Novoa, haciendo, en consecuencia, los siguientes pronunciamientos:

1º. Condeno a Ramos & Novoa Internacional, S.L. y a José Ángel Ramos Novoa a abonar a la entidad demandante, con carácter solidario, la cantidad de 48.529,79 euros, correspondientes a los aplazamientos vencidos y a la cantidad aplazada pendiente de vencimiento que le adeudan. Dicha cantidad reportará, en concepto de indemnización por la demora, y hasta su efectivo pago, unos intereses del 2 % mensual, contado desde la fecha de la reclamación judicial.

2º. Condeno a Ramos & Novoa Internacional, S.L. y a José Ángel Ramos Novoa a pagar las costas del presente proceso.

Notifíquese esta sentencia a las partes, a las que se hará saber que no es firme y que contra ella podrán interponer recurso de apelación para ante la Audiencia Provincial de Pontevedra en el plazo de veinte días.

Así lo acuerdo, mando y firmo.

Y para que sirva de notificación en forma a las demandadas rebeldes José Ángel Ramos Novoa y a Ramos & Novoa Internacional, S.L., se expide el presente.

Vigo, 21 de noviembre de 2014

El secretario judicial