De conformidad con lo dispuesto en el artículo 59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, se notifica a las personas que a continuación se relacionan los acuerdos de incoación por infracción de la normativa sobre transporte terrestre, porque, intentada la notificación, no se pudo efectuar. Por este motivo se iniciaron, con los números que se indican, los correspondientes expedientes sancionadores que pueden dar lugar a la imposición de las sanciones que también se citan.
Se les informa de que tienen derecho a alegar por escrito, ante el Servicio de Movilidad, lo que consideren conveniente, presentando o proponiendo las pruebas que consideren oportunas en el plazo de quince días hábiles, contado desde el día siguiente al de la publicación de esta cédula.
En el supuesto de que decida voluntariamente pagar la sanción antes de que transcurran treinta días contados desde el siguiente al de la publicación de la presente cédula, su cuantía se reducirá en un 30 % en la forma prevista en el artículo 146.3 de la Ley 16/1987, de 30 de julio, de ordenación de los transportes terrestres. La realización de dicho pago implica la conformidad con los hechos denunciados, la renuncia a formular alegaciones por parte del interesado y la terminación del procedimiento.
Para que conste y sirva de notificación a los interesados, firmo y sello esta cédula.
A Coruña, 27 de noviembre de 2014
César Concheiro Ceide
Instructor jefe del Servicio de Movilidad de A Coruña
ANEXO
Expediente Matrícula Denunciante |
Denunciado DNI/CIF Última dirección conocida |
Infracción denunciada Fecha; hora; carretera; p.k. |
Precepto calificador |
Precepto sancionador |
Sanción propuesta |
XC-04842-O-2014 7264-GDC Guardia Civil 1504 H74822F |
Trami Trucks World, S.L. B70307293 Rúa Santa Lucía, 56-Piñeiro do Eixo 15893 Santiago de Compostela A Coruña |
Realizar transporte público de mercancías utilizando un conductor que carece del CAP. 2.4.2014; 12.10; AP9; 79,5 |
Art. 140.18 LOTT |
Art. 143.1.h) LOTT |
2.001 euros |
XC-04897-O-2014 5046-GCC Guardia Civil 1500 C35644I |
Excavaciones Francisco Suárez, S.L. B15812084 A Fonteseca-Golmar 15145 A Laracha, A Coruña |
Realizar transporte público de mercancías utilizando un conductor que carece del CAP, si lo obtiene en el plazo de 6 meses desde la fecha de la denuncia. 9.7.2014; 9.00; AC552; 0,0 |
Art. 140.18 LOTT Art. 141.25 LOTT |
Art. 143.1.k) LOTT Art. 143.1.e) LOTT |
601 euros |
XC-04908-O-2014 6236-DHT Guardia Civil 1500 A34436J |
Rela 2003 Sdad. Patrimonial B15901713 A Portela, 4 15173 Oleiros, A Coruña |
El exceso igual o superior al 5 por ciento e inferior al 15 por ciento sobre la MMA total en vehículos con MMA hasta 12 toneladas. 10.7.2014; 9.18; AC552; 2,0 |
Art. 142.2 LOTT |
Art. 143.1.c) LOTT |
301 euros |
XC-04947-O-2014 C-1989-BT Guardia Civil 1504 A35144Y |
Luis Lorenzo Cedeira 32751245G San Diego, 38-5º C 15006 A Coruña |
La realización de transportes públicos de mercancías, así como la contratación como porteador o la facturación en nombre propio de servicios de transporte, careciendo de la autorización, siempre que se acredite que en el momento de realizarlos o contratarlos se cumplían todos los requisitos exigidos para su obtención y que ésta se había solicitado dentro de los quince (15) días siguientes a la notificación del inicio del expediente. 11.7.2014; 8.24; N550; 45,5 |
Art. 142.1 LOTT |
Art. 143.1.c) LOTT |
301 euros |
XC-05036-O-2014 8187-GCZ Guardia Civil 1503 N41519R |
Transportes Rial e Hijos, S.L. B70178686 Cuvide - Taragoña, 20 15920 Rianxo, A Coruña |
La utilización de hojas de registro de los tiempos de conducción y descanso no homologadas o que resulten incompatibles con el tacógrafo utilizado. 1.7.2014; 18.08; N-634; 663,0 |
Art. 141.11 LOTT |
Art. 143.1.e) LOTT |
601 euros |
XC-05037-O-2014 8187-GCZ Guardia Civil 1503 N41519R |
Transportes Rial e Hijos, S.L. B70178686 Cuvide - Taragoña, 20 15920 Rianxo, A Coruña |
Exceso superior a 2 horas sobre los tiempos máximos de conducción diaria (sobre 10 horas). Más de 12 horas hasta 14 horas. 1.7.2014; 18.33; N-634; 663,0 |
Art. 140.37.3 LOTT |
Art. 143.1.g) LOTT |
1.001 euros |
XC-05096-O-2014 0758-DBL Guardia Civil 1501 H45914F |
Cotefablo, S.L. B50595487 Urb. Torrebarajas, 4 50011 Zaragoza |
No llevar insertada en el tacógrafo la tarjeta de conductor o la hoja de registro de los tiempos de conducción y descanso, cuando ello resulte exigible, o hacerlo de forma incorrecta, o no haber efectuado los documentos impresos al inicio y a la finalización del viaje en los supuestos de deterioro o mal funcionamiento de la tarjeta de conductor o en caso de que ésta no obre en su poder. 31.7.2014; 17.15; AC552; 16,6 |
Art. 140.22 LOTT |
Art. 143.1.h) LOTT |
2.001 euros |