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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 236 Miércoles, 10 de diciembre de 2014 Pág. 50650

V. Administración de justicia

Tribunal Superior de Justicia de Galicia (Sala de lo Social)

EDICTO (4603/2012).

Tipo y nº de recurso: recurso suplicación 4603/2012 IP

Juzgado de origen/autos: demanda 136/2011 del Juzgado de lo Social número 2 de Lugo

Recurridos: Ferlosa, S.L., José Gallo Pérez, admón. concursal de Ferlosa, S.L.

Abogados: María Teresa Souto Neira, José Benito López Ferreiro

María Isabel Freire Corzo, secretaria judicial de la Sección Primera de la Sala Segunda de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Galicia, hago saber que en el procedimiento recurso suplicación 4603/2012 de esta sección, seguido a instancia de Fogasa contra Ferlosa, S.L., José Gallo Pérez, admón. concursal de Ferlosa, S.L. sobre Fondo de Garantía Salarial, se ha dictado la siguiente resolución:

«Parte dispositiva

La Sala acuerda:

Declarar desierto el recurso de casación en unificación de doctrina preparado por la letrada María Teresa Souto Neira, en nombre y representación de José Gallo Pérez, frente a la sentencia dictada en suplicación por este tribunal, declarando la firmeza de la misma y la devolución al órgano judicial de procedencia de los autos, con certificación de la sentencia recaída y expresión de su firmeza.

Notifíquese la presente resolución a las partes, haciéndoles saber que contra la misma pueden interponer recurso de reposición preparatorio del recurso de queja, en los términos del artículo 223.3 de la LRJS, en el plazo de cinco días hábiles siguientes a su notificación, con expresión de la infracción en que la resolución hubiera incurrido a juicio del recurrente, y haciéndole saber al recurrente que no tenga reconocida la condición de trabajador o beneficiario de régimen público de la Seguridad Social que deberá hacer un depósito para recurrir de 25 euros en la cuenta de consignaciones de este tribunal, abierta en Banesto, cuenta nº 1552, debiendo indicar en el campo concepto, la indicación recurso, seguida del código “30 Social-Reposición”.

Así, por este auto, lo pronuncian, mandan y firman, conmigo, secretario de la Sala, que doy fe».

Y para que sirva de notificación en legal forma a Ferlosa, S.A. en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el Diario Oficial de Galicia.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la oficina judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia, o cuando se trate de emplazamiento.

A Coruña, 17 de noviembre de 2014

La secretaria judicial