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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 235 Martes, 9 de diciembre de 2014 Pág. 50479

V. Administración de justicia

Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 1 de Ribeira

EDICTO (294/2011).

Violeta Reboredo Otero, secretaria judicial del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 1 de Ribeira, hago saber que en el presente procedimiento se ha dictado la sentencia cuyo encabezamiento y fallo son del siguiente tenor literal:

«Sentencia.

En Ribeira, 29 de abril de 2014.

Vistos por mí Mª de las Nieves Corral Montes, jueza del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 1 de Ribeira y su partido judicial, los autos del juicio ordinario número 294/2011, en el que han sido parte demandante Felipa Canal Gutiérrez, representada por la procuradora Paula Alcalde y asistida por el letrado Lucas Fernández Segundo y parte demandada Galvén 2005, S.L.

Fallo que estimando la pretensión de la demandante Felipa Canal Gutiérrez contra la parte demandada Galvén 2005, S.L., debo declarar y declaro la resolución del contrato de compraventa firmado por las partes en fecha 15.6.2007.

Debo condenar y condeno a Galvén 2005, S.L. al pago de la suma de 32.656,44 €, cantidad que se verá incrementada con los intereses moratorios del artículo 1088 del C.C desde la fecha de la demanda, y los del artículo 576 de la LEC tras la sentencia.

Procede la condena en costas a la demandada de acuerdo con el artículo 394.1 de la LEC.

Notifíquese a las partes.

Esta resolución no es firme y contra la misma cabe interponer recurso de apelación en el plazo de veinte días desde su notificación.

Llévese testimonio de la presente resolución a los autos a que se refiere y el original al libro de sentencias que se lleva en este juzgado.

Así, por esta mi sentencia, definitivamente juzgando en primera instancia, lo pronunció, mando y firmo».

Que en virtud de lo acordado en los autos de referencia, y de conformidad con lo dispuesto en los artículos 156.4 y 164 de la LEC por el presente se notifica a Galvén 2005, S.L. a fin de que, si es de su interés, pueda interponer recurso de apelación contra la misma en el plazo de veinte días.

Ribeira, 29 de mayo de 2014

La secretaria judicial