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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 235 Martes, 9 de diciembre de 2014 Pág. 50536

VI. Anuncios

a) Administración autonómica

Agencia de Protección de la Legalidad Urbanística

CÉDULA de 20 de noviembre de 2014 por la que se notifica la resolución de los recursos potestativos de reposición interpuestos contra la Resolución de 4 de noviembre de 2013 recaída en los expedientes número IU1/140/2012-R1 y IU1/140/2012-R2, devuelta por el servicio de Correos por resultar su destinatario ausente en el reparto.

La directora de la Agencia de Protección de la Legalidad Urbanística dictó, el día 14 de octubre de 2014, la resolución por la cual se desestima el recurso potestativo de reposición interpuesto contra la Resolución de 4 de noviembre de 2013 dictada por la directora de la Agencia de Protección de la Legalidad Urbanística en el expediente de reposición de la legalidad urbanística número IU1/140/2012 que fuera incoado por las obras consistentes en parcelación urbanística y obras de construcción de edificaciones, soleras de hormigón y cierres que se llevaron a cabo en el lugar de Campos de Pousada, As Travesas, parroquia de Santa Mariña de Beira, en el término municipal de Carral, provincia de A Coruña.

Al no poder realizarse la notificación personal de aquella resolución a Jesús Manuel Rodríguez Vieites, mediante esta cédula, y al amparo de lo dispuesto en el artículo 59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común (LRJPAC), se le notifica a la citada interesada dicha resolución.

Teniendo en cuenta que, en atención a lo previsto en el artículo 61 de la LRJPAC, el acto no se publica en su integridad, se hace saber al interesado que el texto íntegro de la que se le notifica se encuentra a su disposición en las dependencias de la Agencia de Protección de la Legalidad Urbanística sitas no Edificio Witland, 1er piso, Salgueiriños, en Santiago de Compostela, para su consulta en el plazo de 10 días hábiles, que se contarán desde el día siguiente al de la publicación de esta cédula. Transcurrido dicho plazo, la notificación se entenderá producida.

Contra esta resolución, que pone fin a la vía administrativa, el interesado podrá interponer recurso contencioso-administrativo, ante el juzgado de lo contencioso-administrativo en cuya circunscripción radique el inmueble afectado, conforme a lo dispuesto en el artículo 14.1.3ª de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa, en el plazo de dos meses contado a partir del día siguiente a aquel en que se haya producido la notificación, según lo dispuesto en el artículo 46.1 de la citada ley.

Para que conste y le sirva de notificación al citado interesado, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 59.5 de la LRJPAC, expido y firmo esta cédula.

Santiago de Compostela, 20 de noviembre de 2014

María Martínez Allegue
Directora de la Agencia de Protección de la Legalidad Urbanística