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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 227 Miércoles, 26 de noviembre de 2014 Pág. 48678

V. Administración de justicia

Tribunal Superior de Justicia de Galicia (Sala de lo Social)

EDICTO (RSU 1182-11-IS).

M. Socorro Bazarra Varela, secretaria judicial de la sección primera de la Sala Segunda de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Galicia, hace saber que en el procedimiento recurso de suplicación 1182/2011 de esta sección, seguido a instancia de José Antonio Moscoso Acuña contra el Instituto Nacional de la Seguridad Social, Electricidade Xonxa, S.L.U., Elpe Electromecánica, S.L., Mutua Fremap, Asepeyo, Mutua de A.T. y E.P. de la Seguridad Social número 151, Copasa, Sacyr, S.A.-Cavosa, UTE, Mutua Intercomarcal, Mutua de Accidentes de Trabajo y Enfermedades Profesionales de la S.S. número 39 sobre accidente, se ha dictado por la Sala de lo Social del Tribunal Supremo en fecha 10 de octubre de 2014 la siguiente resolución:

«La sala acuerda declarar la inadmisión del recurso de casación para la unificación de doctrina interpuesto por el letrado Francisco Javier Fernández Tarrío, en nombre y representación de José Antonio Moscoso Acuña, contra la sentencia dictada por la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Galicia de fecha 15 de noviembre de 2013, en el recurso de suplicación 1182/2011, interpuesto por José Antonio Moscoso Acuña frente a la sentencia dictada por el Juzgado de lo Social número 1 de A Coruña, de fecha 21 de octubre de 2010, en el procedimiento 346/2009 seguido a instancia de José Antonio Moscoso Acuña, contra el Instituto Nacional de la Seguridad Social, Copasa, Sacyr, S.A.-Cavosa, UTE Bregua, Mutua Asepeyo, Mutua Intercomarcal, Electricidade Xonxa S.L.U., Elpe Electromecánica, S.L., sobre incapacidad permanente. Se declara la firmeza de la sentencia recurrida, sin imposición de costas a la parte recurrente. Contra este auto no cabe recurso alguno. Devuélvanse los autos de instancia y el rollo de suplicación a la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de procedencia con certificación de esta resolución y comunicación. Así lo acordamos, mandamos y firmamos.».

Y para que sirva de notificación en legal forma a Elpe Electromecánica, S.L., expido el presente edicto para su inserción en el Diario Oficial de Galicia.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la oficina judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia o cuando se trate de emplazamiento.

A Coruña, 5 de noviembre de 2014

La secretaria judicial